III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2020-11711)
Resolución de 23 de septiembre de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y el Instituto Nacional de Estadística, en materia de intercambio de información para fines estadísticos y tributarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 3 de octubre de 2020

Sec. III. Pág. 84117

de otras Administraciones y Entes Públicos nacionales o de la Unión Europea cuya
gestión se le encomiende por Ley o por Convenio.
El Instituto Nacional de Estadística (en adelante, INE) es un organismo autónomo de
los previstos en el artículo 84 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público (en adelante LRJSP), adscrito al Ministerio de Asuntos Económicos y
Transformación Digital y encargado de la coordinación general de los servicios
estadísticos de la Administración General del Estado y de la formulación, con la
colaboración de los Departamentos Ministeriales, del Banco de España y de las
Comunidades Autónomas, del Anteproyecto del Plan Estadístico Nacional y de sus
Programas Anuales, así como de las demás funciones previstas en el artículo 26 de la
Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública, destacando, entre otras,
la elaboración de aquellas operaciones estadísticas del Plan Estadístico Nacional en las
que el INE figure como organismo responsable y, en concreto, la elaboración de un
sistema integrado de cuentas económicas, la utilización con fines estadísticos de los
datos de las fuentes administrativas así como la promoción de su uso por el resto de los
servicios estadísticos estatales y la coordinación y mantenimiento de los directorios de
empresas y establecimientos.
Asimismo, corresponde al INE la coordinación de todos los Padrones municipales en
virtud de lo previsto en el artículo 17.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases de Régimen Local, para lo que dispone de una base padronal formada con la
información que, reglamentariamente, le remiten los Ayuntamientos de sus respectivos
Padrones.
II
En el escenario de colaboración mutua que debe presidir las relaciones entre las
Administraciones Públicas y conforme al principio establecido en los artículos 3.1.k), 140,
141 y 142 de la LRJSP, los representantes de ambas partes consideran muy beneficioso
para el cumplimiento de sus respectivos fines el establecimiento de un sistema estable y
periódico de intercambio información para su utilización con fines estadísticos y
tributarios, entre la Agencia Tributaria y el INE.
Las partes firmaron el día 12 de abril de 2004 un Convenio en materia de intercambio
de información para fines estadísticos y tributarios. En este sentido, con anterioridad al
Convenio suscrito en el año 2004, la Agencia Tributaria había venido cediendo al INE,
con fines estadísticos, determinada información tributaria agregada mediante los
oportunos acuerdos puntuales: para la elaboración de la Contabilidad Nacional y
Regional de España; para el diseño de muestras y estadísticas de pequeñas áreas; y,
siempre en el marco de la legalidad vigente, ficheros de microdatos con la información
precisa para el mantenimiento del Directorio Central de Empresas (DIRCE), herramienta
de singular importancia para el sistema estadístico.
Con el Convenio de 2004 se formalizaron las citadas cesiones de información
tributaria y otras nuevas que permitían al INE reducir la carga de los informantes, mejorar
la calidad de las estadísticas públicas mediante un diseño de muestras más eficiente y
elaborar los indicadores económicos demandados por la Unión Europea.
Entre las operaciones estadísticas encomendadas al INE para los que se requiere
información de carácter tributario destacan, fundamentalmente, las siguientes:
En primer lugar, conforme al artículo 1 del Real Decreto 745/1980, de 29 de febrero,
se encomienda al INE la implantación y mantenimiento del Directorio Central de
Empresas y Establecimientos (DIRCE), como instrumento estadístico de base para la
identificación, localización y clasificación de las empresas y sus unidades locales, en
orden a la elaboración de censos, encuestas y estadísticas periódicas, clasificadas por
actividad, tamaño y localización. El DIRCE constituye el marco para la realización de las
encuestas económicas contempladas en el Plan Estadístico Nacional y representa un
instrumento indispensable para la coordinación de las estadísticas económicas públicas,
encontrándose reguladas sus características armonizadas a nivel europeo por el

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