III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2020-11666)
Resolución de 25 de septiembre de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Cultura y Deporte y Renfe Viajeros Sociedad Mercantil Estatal, SA, para el desarrollo del Programa Museos en Red.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261

Viernes 2 de octubre de 2020

Sec. III. Pág. 83755

– Facilitar de forma gratuita, el espacio de los cabeceros de asientos de trenes de
alta velocidad para colocar protectores con información impresa sobre la institución o sus
eventos. Las fechas de estas campañas y el número de trenes sobre los que incidirá
deberán ser pactadas por las dos instituciones.
– Introducir de forma periódica información sobre los Museos o los eventos que en
ellos se celebren en los espacios destinados a publicidad de los billetes electrónicos que
obtienen los usuarios tras la compra on-line.
– Ofrecer en la Web de Renfe, http://www.renfe.com y en las newsletter que se
envíen a los usuarios, información puntual sobre los «Museos en Red» y sus
exposiciones temporales.
– Introducir de forma periódica información sobre los Museos y sus eventos en las
Redes Sociales.
2.3 Colaborar con el Ministerio de Cultura y Deporte en aquellos actos de
promoción del Programa a los que Renfe Viajeros sea convocada y que considere
conveniente para el buen funcionamiento de esta campaña y el logro de los objetivos
fijados, como por ejemplo: ruedas de prensa, reuniones sociales, actos de
representación, folletos o catálogos conjuntos y con terceros, etc.
La promoción por parte de Renfe Viajeros de la imagen y servicios de los Museos, se
realizará en los materiales de difusión que realice en torno a este convenio (folletos,
carteles, tarjetas electrónicas, etc.) y los actos de promoción específica que convoque
para divulgar su conocimiento (ruedas de prensa, actos de presentación…) debiendo
insertar, de forma destacada, de modo que ocupe un lugar relevante y visible, la
denominación y/o marca/s del Ministerio de Cultura y Deporte.
A tal efecto, el Ministerio facilitará a Renfe Viajeros los mencionados signos
distintivos en un formato apto para su correcta incorporación a los soportes pertinentes.
Dichos signos deberán ser tratados por Renfe Viajeros según las características gráficas,
de colores y denominativas que determine el Ministerio.
Renfe Viajeros se obliga a someter a la previa aprobación por parte del Ministerio,
antes de su utilización, publicación o exhibición, cualquier material informativo,
promocional, comercial o publicitario, así como cualquier soporte en el que se vaya a
incluir la denominación y/o marca/s del Ministerio. El Ministerio deberá asimismo
autorizar la apariencia, diseño, colocación y ubicación de todos aquellos soportes y
documentación en la que figuren sus signos distintivos.
Renfe Viajeros se obliga a no retirar, ocultar ni alterar de cualquier forma los signos
distintivos que le facilite el Ministerio, ni llevar a cabo cualquier tipo de acto que pueda
perjudicar la imagen o publicidad de éste, así como a cuidar debidamente los soportes o
elementos en los que los signos distintivos del Museo se hubieren incorporado,
respondiendo de su falta de diligencia.
El Ministerio se reserva el derecho de supervisar y, como consecuencia, rechazar
cualquier tipo de publicidad que, como parte del presente Convenio, no respete en su
totalidad su imagen corporativa.
Otros compromisos de promoción.

El Ministerio y Renfe Viajeros podrán acordar realizar otras actividades
promocionales que tengan especial relevancia y que puedan resultar de común interés
para promocionar el Programa Museos en Red y los servicios de Renfe Viajeros.
La realización de otro tipo de acciones de colaboración se ajustará a los principios
generales de actuación de ambas partes recogidos en el presente Convenio.
Quinta.

Propiedad Industrial, Imagen y Marca.

La denominación social de cada una de las partes, sus marcas registradas, logotipos
y cualquier signo distintivo son propiedad exclusiva de cada una de ellas.

cve: BOE-A-2020-11666
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.