III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2020-11665)
Resolución de 25 de septiembre de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, para la organización del curso Agenda políticas públicas feministas después del COVID-19.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261
Viernes 2 de octubre de 2020
Sec. III. Pág. 83743
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Igualdad, y de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 16/1983, de 24 de octubre, de creación del
Organismo Autónomo Instituto de la Mujer. Entre cuyas competencias figura la
promoción y el fomento de las condiciones que hagan posible la igualdad social de
ambos sexos, así como el fomento de la plena participación de la mujer en la vida
política, cultural, económica y social.
II. Que la UIMP es un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Universidades,
definido, de acuerdo con lo que establece su estatuto, como centro universitario de alta
cultura, investigación y especialización, en el que convergen actividades de distintos
grados y especialidades universitarias, que tiene como misión promover y difundir la
cultura y la ciencia, así como fomentar relaciones de intercambio de información
científica y cultural de interés internacional e interregional, cooperando cuando ello sea
conveniente con otras universidades o instituciones españolas o extranjeras.
III. Que el IMIO y la UIMP coinciden en su interés por organizar un curso sobre la
agenda de políticas públicas feministas tras el COVID-19, tema que se considera de la
máxima actualidad y de incuestionable relevancia social y académica, siendo
conscientes de los beneficios de la colaboración y de la suma de esfuerzos y recursos en
una iniciativa conjunta para una mejor consecución del interés general que ambas
entidades tienen encomendado.
Por todo lo anterior, bajo el principio de la colaboración mutua que debe presidir las
relaciones entre las Administraciones públicas, reconociéndose ambas partes, en la
representación que ostentan, capacidad suficiente para poder formalizar este convenio,
ACUERDAN
Primera. Objeto.
El IMIO y la UIMP organizarán conjuntamente, en el marco de los cursos de verano
de la UIMP en Santander, la siguiente actividad:
Curso: «Agenda Políticas Públicas feministas después del COVID 19».
Directora académica: Beatriz Gimeno Reinoso.
Ambas instituciones colaborarán en el orden académico, técnico, económico y
logístico para llevar a cabo el diseño, organización, divulgación y desarrollo del
Encuentro, según las especificaciones de este Convenio y con el objetivo común de
garantizar los niveles adecuados de excelencia académica, prestigio profesional y
solvencia organizativa.
Colaboración en los aspectos académicos.
Las partes acordarán en el seno de la Comisión de Seguimiento algunos detalles
relativos a la ejecución del contenido del convenio de acuerdo con los criterios técnicos y
de contenido pactados por ambas instituciones.
El equipo directivo y técnico del IMIO participará activamente en el programa,
asesorando e interviniendo en aquellos temas en los que su aportación es relevante para
el contenido de esta actividad.
El curso será retransmitido en streaming abierto en UIMP-TV (uimptv.es) y será
grabado, quedando a disposición del público en general en la página web de la UIMP.
La UIMP avalará académicamente este curso y establecerá un procedimiento para
otorgar un certificado de asistencia a distancia a aquellos participantes que estén
interesados en obtenerlo.
Será competencia también de la UIMP toda la normativa relativa a criterios de
admisión o cualquier otro asunto relativo al alumnado.
cve: BOE-A-2020-11665
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 261
Viernes 2 de octubre de 2020
Sec. III. Pág. 83743
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Igualdad, y de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 16/1983, de 24 de octubre, de creación del
Organismo Autónomo Instituto de la Mujer. Entre cuyas competencias figura la
promoción y el fomento de las condiciones que hagan posible la igualdad social de
ambos sexos, así como el fomento de la plena participación de la mujer en la vida
política, cultural, económica y social.
II. Que la UIMP es un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Universidades,
definido, de acuerdo con lo que establece su estatuto, como centro universitario de alta
cultura, investigación y especialización, en el que convergen actividades de distintos
grados y especialidades universitarias, que tiene como misión promover y difundir la
cultura y la ciencia, así como fomentar relaciones de intercambio de información
científica y cultural de interés internacional e interregional, cooperando cuando ello sea
conveniente con otras universidades o instituciones españolas o extranjeras.
III. Que el IMIO y la UIMP coinciden en su interés por organizar un curso sobre la
agenda de políticas públicas feministas tras el COVID-19, tema que se considera de la
máxima actualidad y de incuestionable relevancia social y académica, siendo
conscientes de los beneficios de la colaboración y de la suma de esfuerzos y recursos en
una iniciativa conjunta para una mejor consecución del interés general que ambas
entidades tienen encomendado.
Por todo lo anterior, bajo el principio de la colaboración mutua que debe presidir las
relaciones entre las Administraciones públicas, reconociéndose ambas partes, en la
representación que ostentan, capacidad suficiente para poder formalizar este convenio,
ACUERDAN
Primera. Objeto.
El IMIO y la UIMP organizarán conjuntamente, en el marco de los cursos de verano
de la UIMP en Santander, la siguiente actividad:
Curso: «Agenda Políticas Públicas feministas después del COVID 19».
Directora académica: Beatriz Gimeno Reinoso.
Ambas instituciones colaborarán en el orden académico, técnico, económico y
logístico para llevar a cabo el diseño, organización, divulgación y desarrollo del
Encuentro, según las especificaciones de este Convenio y con el objetivo común de
garantizar los niveles adecuados de excelencia académica, prestigio profesional y
solvencia organizativa.
Colaboración en los aspectos académicos.
Las partes acordarán en el seno de la Comisión de Seguimiento algunos detalles
relativos a la ejecución del contenido del convenio de acuerdo con los criterios técnicos y
de contenido pactados por ambas instituciones.
El equipo directivo y técnico del IMIO participará activamente en el programa,
asesorando e interviniendo en aquellos temas en los que su aportación es relevante para
el contenido de esta actividad.
El curso será retransmitido en streaming abierto en UIMP-TV (uimptv.es) y será
grabado, quedando a disposición del público en general en la página web de la UIMP.
La UIMP avalará académicamente este curso y establecerá un procedimiento para
otorgar un certificado de asistencia a distancia a aquellos participantes que estén
interesados en obtenerlo.
Será competencia también de la UIMP toda la normativa relativa a criterios de
admisión o cualquier otro asunto relativo al alumnado.
cve: BOE-A-2020-11665
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.