V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS. (BOE-B-2020-32817)
Resolución de 23 de junio de 2020, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, por la que se declara la Utilidad Pública de las instalaciones del Parque Eólico "Capiechamartín". Expte. n.º: PE-45-DUP-BIS.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261
Viernes 2 de octubre de 2020
Sec. V-B. Pág. 43821
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
32817
Resolución de 23 de junio de 2020, de la Consejería de Industria,
Empleo y Promoción Económica, por la que se declara la Utilidad
Pública de las instalaciones del Parque Eólico "Capiechamartín". Expte.
n.º: PE-45-DUP-BIS.
Cumplidos los trámites reglamentarios en el expediente PE-45-DUP-BIS,
incoado en esta Consejería solicitando Declaración de Utilidad Pública de la
siguiente instalación eléctrica:
Solicitante: Parque Eólico Capiechamartín, S.L.
Instalación: Parque eólico CAPIECHAMARTÍN formado por 13
aerogeneradores de 2.625 kW cada uno con centro de transformación de 2.910
kVA y relación de 0,69/30 kV. Tres líneas subterráneas de 30 kV para
interconexión con la subestación eléctrica a compartir con los parques eólicos PE46 "BUSECO" y PE-162 PICO LIEBRES (en trámite), completada con un
transformador de 44/55 MVA de potencia y relación 30/132 kV para servicio del
parque. Conexión, en la derivación a la subestación de Panondres, con la línea
eléctrica de distribución a 132 kV denominada IE-4 Eje de El Palo mediante línea
subterránea-aérea de simple circuito (subconjunto B23).
Emplazamiento: Sierras de Estoupo y Buseco, en los concejos de Tineo y
Valdés, y Villayón (Accesos).
Objeto: producción de energía eléctrica de origen renovable a partir del viento.
Se desprenden los siguientes
PRIMERO: Por Resolución de la Consejería de Industria y Empleo de 3 de
marzo de 2004 (BOPA de 27/03/2004) se otorgó autorización administrativa para la
instalación del parque eólico "Capiechamartín". Posteriormente, seguido el
oportuno desenvolvimiento procedimental y en virtud de Resolución de la
Consejería de Economía y Empleo de 21/01/2013 (BOPA de 30/01/2013) se otorgó
a la sociedad PARQUE EOLICO CAPIECHAMARTIN, S.L. como promotora de la
instalación del parque eólico denominado CAPIECHAMARTIN (PE-45), la
declaración de utilidad pública de la citada instalación de cara a la posterior
ocupación de determinadas fincas con sustento ambiental en las Resoluciones de
03/12/2003 y 23/03/2012 de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del
Territorio por las que se formula y se declara la vigencia, a los solos efectos
ambientales, la declaración de impacto ambiental del proyecto del parque eólico
"Capiechamartín". Asimismo, mediante Resolución de 21 de noviembre de 2019 de
la Consejería de Infraestructuras, Medio Ambiente y Cambio Climático se formula
el informe de impacto ambiental (IIA) del modificado del proyecto del Parque Eólico
"Capiechamartín" (Expte.: IA-IA-0145/2019), habiéndose autorizado la construcción
de dicho modificado mediante la Resolución de fecha 4 de diciembre de 2019 de la
Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica.
SEGUNDO: Con fecha 03/06/2020 so otorgó a la sociedad "Parque Eólico
Capiechamartín, S.L." (B-24580748), como promotora de la instalación del parque
eólico denominado CAPIECHAMARTÍN (PE-45), autorización administrativa de
cve: BOE-B-2020-32817
Verificable en https://www.boe.es
ANTECEDENTES DE HECHO
Núm. 261
Viernes 2 de octubre de 2020
Sec. V-B. Pág. 43821
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32817
Resolución de 23 de junio de 2020, de la Consejería de Industria,
Empleo y Promoción Económica, por la que se declara la Utilidad
Pública de las instalaciones del Parque Eólico "Capiechamartín". Expte.
n.º: PE-45-DUP-BIS.
Cumplidos los trámites reglamentarios en el expediente PE-45-DUP-BIS,
incoado en esta Consejería solicitando Declaración de Utilidad Pública de la
siguiente instalación eléctrica:
Solicitante: Parque Eólico Capiechamartín, S.L.
Instalación: Parque eólico CAPIECHAMARTÍN formado por 13
aerogeneradores de 2.625 kW cada uno con centro de transformación de 2.910
kVA y relación de 0,69/30 kV. Tres líneas subterráneas de 30 kV para
interconexión con la subestación eléctrica a compartir con los parques eólicos PE46 "BUSECO" y PE-162 PICO LIEBRES (en trámite), completada con un
transformador de 44/55 MVA de potencia y relación 30/132 kV para servicio del
parque. Conexión, en la derivación a la subestación de Panondres, con la línea
eléctrica de distribución a 132 kV denominada IE-4 Eje de El Palo mediante línea
subterránea-aérea de simple circuito (subconjunto B23).
Emplazamiento: Sierras de Estoupo y Buseco, en los concejos de Tineo y
Valdés, y Villayón (Accesos).
Objeto: producción de energía eléctrica de origen renovable a partir del viento.
Se desprenden los siguientes
PRIMERO: Por Resolución de la Consejería de Industria y Empleo de 3 de
marzo de 2004 (BOPA de 27/03/2004) se otorgó autorización administrativa para la
instalación del parque eólico "Capiechamartín". Posteriormente, seguido el
oportuno desenvolvimiento procedimental y en virtud de Resolución de la
Consejería de Economía y Empleo de 21/01/2013 (BOPA de 30/01/2013) se otorgó
a la sociedad PARQUE EOLICO CAPIECHAMARTIN, S.L. como promotora de la
instalación del parque eólico denominado CAPIECHAMARTIN (PE-45), la
declaración de utilidad pública de la citada instalación de cara a la posterior
ocupación de determinadas fincas con sustento ambiental en las Resoluciones de
03/12/2003 y 23/03/2012 de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del
Territorio por las que se formula y se declara la vigencia, a los solos efectos
ambientales, la declaración de impacto ambiental del proyecto del parque eólico
"Capiechamartín". Asimismo, mediante Resolución de 21 de noviembre de 2019 de
la Consejería de Infraestructuras, Medio Ambiente y Cambio Climático se formula
el informe de impacto ambiental (IIA) del modificado del proyecto del Parque Eólico
"Capiechamartín" (Expte.: IA-IA-0145/2019), habiéndose autorizado la construcción
de dicho modificado mediante la Resolución de fecha 4 de diciembre de 2019 de la
Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica.
SEGUNDO: Con fecha 03/06/2020 so otorgó a la sociedad "Parque Eólico
Capiechamartín, S.L." (B-24580748), como promotora de la instalación del parque
eólico denominado CAPIECHAMARTÍN (PE-45), autorización administrativa de
cve: BOE-B-2020-32817
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