III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2020-11681)
Resolución de 22 de septiembre de 2020, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, por la que se publica el Convenio con la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Zaragoza.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261
Viernes 2 de octubre de 2020
Sec. III. Pág. 83819
condiciones específicas de la práctica a seguir por el alumno, según modelo que se incluye
como anexo I.
En cada anexo se detallará el nombre del alumno, el tipo de práctica, el número de
créditos fijados en el plan de estudio (si se trata de curriculares), el proyecto formativo
(objetivos y actividades), las fechas de comienzo y finalización, los tutores, el horario, lugar
de desarrollo, el importe de la bolsa de estudios –si la hubiera- y en su caso otras
condiciones específicas de dicha práctica. En dicho documento se recogerá asimismo la
aceptación por parte del alumno de las condiciones establecidas en este Convenio y se
detallarán los derechos y deberes de los estudiantes y de los tutores.
Con la finalidad de mantener actualizado en todo momento el registro de alumnos
participantes en el presente Convenio, la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de
Zaragoza comunicará por escrito a la UIMP cualquier incidencia o modificación en las
fechas de inicio o cese, horario u otras circunstancias que se produzca en cada práctica
que se realice en la empresa en relación con lo acordado en su anexo correspondiente.
Octava. Derechos y deberes de los estudiantes.
Durante el periodo de prácticas cada alumno estará sujeto a las normas generales de
trabajo propias de la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Zaragoza,
especialmente en lo referido al cumplimiento del horario, régimen de permisos,
identificación, normas de seguridad y de prevención de riesgos laborales, etc., para lo que
recibirán la adecuada información. Asimismo, los alumnos mostrarán en todo momento
una actitud respetuosa hacia la política de la Cámara de Comercio, Industria y Servicios
de Zaragoza.
Los estudiantes estarán obligados a guardar confidencialidad en relación con la
información interna de la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Zaragoza y
guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y finalizada ésta.
Además de lo señalado en este Convenio, los estudiantes en prácticas tendrán todos los
derechos y deberes que se recogen en el artículo 9 del citado Real Decreto 592/2014, de 11 de
julio por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios,
que, para su conocimiento, se resumen al dorso del anexo de formalización de la práctica.
Novena.
Informes, evaluación de las prácticas y reconocimiento.
I. A la finalización de cada una de las prácticas:
• Datos personales del estudiante
• Entidad colaboradora en la que ha realizado las prácticas y lugar de ubicación
• Descripción concreta y detallada de las tareas, trabajos desarrollados y
departamentos de la entidad a los que ha estado asignado
• Valoración de las tareas desarrolladas con los conocimientos y competencias
adquiridos en relación con los estudios universitarios que cursa.
• Relación de los problemas planteados y el procedimiento seguido para su resolución.
• Identificación de las aportaciones que, en materia de aprendizaje, han supuesto las
prácticas.
• Evaluación de las prácticas y sugerencias de mejora.
– El tutor académico de la UIMP, a la vista del informe del tutor de la Cámara de
Comercio, Industria y Servicios de Zaragoza y de la memoria final presentada por el
cve: BOE-A-2020-11681
Verificable en https://www.boe.es
– El tutor de la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Zaragoza realizará y
enviará al tutor académico de la UIMP y a la UIMP un Informe final según modelo que se
adjunta como anexo II, en el que se recogerá el número de horas realizadas por el
estudiante y se valorarán diversas capacidades y actitudes en relación con las
competencias genéricas y específicas previstas en el proyecto formativo.
– El estudiante elaborará y entregará al tutor académico de la UIMP una memoria final
en la que deberán figurar, entre otros, los siguientes aspectos:
Núm. 261
Viernes 2 de octubre de 2020
Sec. III. Pág. 83819
condiciones específicas de la práctica a seguir por el alumno, según modelo que se incluye
como anexo I.
En cada anexo se detallará el nombre del alumno, el tipo de práctica, el número de
créditos fijados en el plan de estudio (si se trata de curriculares), el proyecto formativo
(objetivos y actividades), las fechas de comienzo y finalización, los tutores, el horario, lugar
de desarrollo, el importe de la bolsa de estudios –si la hubiera- y en su caso otras
condiciones específicas de dicha práctica. En dicho documento se recogerá asimismo la
aceptación por parte del alumno de las condiciones establecidas en este Convenio y se
detallarán los derechos y deberes de los estudiantes y de los tutores.
Con la finalidad de mantener actualizado en todo momento el registro de alumnos
participantes en el presente Convenio, la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de
Zaragoza comunicará por escrito a la UIMP cualquier incidencia o modificación en las
fechas de inicio o cese, horario u otras circunstancias que se produzca en cada práctica
que se realice en la empresa en relación con lo acordado en su anexo correspondiente.
Octava. Derechos y deberes de los estudiantes.
Durante el periodo de prácticas cada alumno estará sujeto a las normas generales de
trabajo propias de la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Zaragoza,
especialmente en lo referido al cumplimiento del horario, régimen de permisos,
identificación, normas de seguridad y de prevención de riesgos laborales, etc., para lo que
recibirán la adecuada información. Asimismo, los alumnos mostrarán en todo momento
una actitud respetuosa hacia la política de la Cámara de Comercio, Industria y Servicios
de Zaragoza.
Los estudiantes estarán obligados a guardar confidencialidad en relación con la
información interna de la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Zaragoza y
guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y finalizada ésta.
Además de lo señalado en este Convenio, los estudiantes en prácticas tendrán todos los
derechos y deberes que se recogen en el artículo 9 del citado Real Decreto 592/2014, de 11 de
julio por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios,
que, para su conocimiento, se resumen al dorso del anexo de formalización de la práctica.
Novena.
Informes, evaluación de las prácticas y reconocimiento.
I. A la finalización de cada una de las prácticas:
• Datos personales del estudiante
• Entidad colaboradora en la que ha realizado las prácticas y lugar de ubicación
• Descripción concreta y detallada de las tareas, trabajos desarrollados y
departamentos de la entidad a los que ha estado asignado
• Valoración de las tareas desarrolladas con los conocimientos y competencias
adquiridos en relación con los estudios universitarios que cursa.
• Relación de los problemas planteados y el procedimiento seguido para su resolución.
• Identificación de las aportaciones que, en materia de aprendizaje, han supuesto las
prácticas.
• Evaluación de las prácticas y sugerencias de mejora.
– El tutor académico de la UIMP, a la vista del informe del tutor de la Cámara de
Comercio, Industria y Servicios de Zaragoza y de la memoria final presentada por el
cve: BOE-A-2020-11681
Verificable en https://www.boe.es
– El tutor de la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Zaragoza realizará y
enviará al tutor académico de la UIMP y a la UIMP un Informe final según modelo que se
adjunta como anexo II, en el que se recogerá el número de horas realizadas por el
estudiante y se valorarán diversas capacidades y actitudes en relación con las
competencias genéricas y específicas previstas en el proyecto formativo.
– El estudiante elaborará y entregará al tutor académico de la UIMP una memoria final
en la que deberán figurar, entre otros, los siguientes aspectos: