III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2020-11681)
Resolución de 22 de septiembre de 2020, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, por la que se publica el Convenio con la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Zaragoza.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261

Viernes 2 de octubre de 2020

Sec. III. Pág. 83816

especialización, cooperando cuando ello sea conveniente con otras universidades o
instituciones españolas o extranjeras.
A tal fin organiza y desarrolla programas de investigación, cursos de lengua y cultura
española para extranjeros, cursos y reuniones de trabajo de carácter internacional e
interregional dirigidas al estudio de problemas o áreas específicas de investigación y
programas de tercer ciclo que acredita con los correspondientes títulos oficiales de máster
y doctor y otros títulos propios y diplomas de postgrado que la misma expida
Que dentro de su actividad en el campo de la educación de postgrado, la UIMP es
consciente de la conveniencia de facilitar a su alumnos la posibilidad de realizar prácticas
académicas en empresas y otras entidades públicas o privadas, que les permitan aplicar
y complementar los conocimientos adquiridos, favoreciendo la adquisición de competencias
que les preparen para el ejercicio de actividades profesionales, faciliten su empleabilidad
y fomenten su capacidad de emprendimiento, todo ello de acuerdo con lo previsto en el
Real Decreto 592/2014, de 11 de julio por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios (BOE de 30 de julio de 2014).
II. Que la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Zaragoza es una Corporación
de Derecho Público que representa, promociona y defiende los intereses generales del
Comercio y la Industria.
Que la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Zaragoza tiene interés en
colaborar con la UIMP estableciendo un Convenio que establezca el marco permanente de
colaboración que permita la incorporación temporal de estudiantes de los programas de
postgrado de la UIMP, con el objeto de que puedan realizar sus prácticas académicas
externas curriculares o extracurriculares y trabajos de fin de máster.
En consecuencia, las partes acuerdan suscribir el presente Convenio, de conformidad
con lo establecido en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio por el que se regulan las
prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, y con sujeción a las
siguientes
CLÁUSULAS
Objeto del Convenio.

El objeto del presente Convenio es regular la relación entre la UIMP y la Cámara de
Comercio, Industria y Servicios de Zaragoza con el fin de los alumnos de los programas de
postgrado de la UIMP puedan realizar en la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de
Zaragoza sus prácticas académicas externas curriculares o extracurriculares y proyectos
de fin de máster, en las condiciones que se establecen en las cláusulas siguientes, que se
completarán en sucesivos anexos para cada uno de los alumnos y periodos de prácticas.
El objeto de las prácticas será la realización de tareas adecuadas al área y nivel de
formación de los alumnos, de forma que los mismos puedan mejorar su cualificación
profesional completando su formación teórica con una aprendizaje práctico que les
proporcione el conocimiento de la metodología de trabajo adecuada a la realidad
profesional en la que los estudiantes habrán de operar y les permita aplicar los
conocimientos adquiridos, a la vez que se favorece que los estudiantes puedan desarrollar
competencias técnicas, metodológicas, personales y participativas, así como valores de
innovación, creatividad y emprendimiento y adquirir una experiencia práctica enriquecedora
que les facilite la inserción en el mercado de trabajo.
Las prácticas que los alumnos realicen en la Cámara de Comercio, Industria y Servicios
de Zaragoza podrán ser de diferentes modalidades:
– Prácticas curriculares, se configuran como actividades académicas integrantes del
plan de estudios de que se trate.
– Prácticas extracurriculares, son aquellas que los estudiantes podrán realizar con
carácter voluntario durante su periodo de formación y que, aun teniendo los mismos fines
que las prácticas curriculares, no forman parte del correspondiente plan de estudios. No
obstante, serán contempladas en el suplemento europeo al título conforme determine la
normativa vigente.

cve: BOE-A-2020-11681
Verificable en https://www.boe.es

Primera.