II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Carrera Judicial. (BOE-A-2020-11620)
Acuerdo de 1 de octubre de 2020, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca la provisión de la Presidencia de la Audiencia Provincial de Granada.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261
Viernes 2 de octubre de 2020
Sec. II.B. Pág. 83488
La comparecencia se llevará a cabo de la siguiente forma:
a) La comparecencia tendrá una duración máxima total de treinta minutos. La
persona que opte a la plaza deberá respetar el tiempo máximo y los tiempos parciales de
intervención. Quien presida la sesión asegurará que el tiempo máximo y los tiempos
parciales se cumplan de manera estricta.
b) La comparecencia se iniciará con la exposición de los aspectos curriculares que la
persona que aspire a la plaza considere de interés y cuya extensión máxima no podrá ser
superior a cinco minutos.
c) Seguidamente, y por un tiempo máximo de cinco minutos, la persona que opte a
la plaza deberá abordar los aspectos que estime de interés en relación con las resoluciones
destacadas o seleccionadas y escritos jurídicos a que se ha hecho referencia en los
apartados 1.4 y 1.5.1.a) de la base tercera.
d) Posteriormente, la persona que aspire a la plaza deberá llevar a cabo una
exposición de los aspectos relativos al programa de actuación presentado por tiempo
máximo de otros cinco minutos.
e) Concluida la exposición, la ponencia para la proposición de la terna que se hubiese
designado entablará un diálogo con la persona que opte a la plaza sobre las cuestiones
que juzgue de interés y que de manera directa o indirecta se relacionen con las
resoluciones indicadas en la solicitud, o con los escritos jurídicos, obras científicas y
actividades profesionales, docentes o discentes indicadas en su solicitud de participación
o con cuestiones de interés y actualidad que guarden relación con las materias de la
jurisdicción a cuya plaza opta, así como con el programa de actuación que hubiese
presentado.
f) Una vez concluido el diálogo con la ponencia, los Vocales que asistan a la
comparecencia podrán formular preguntas o consideraciones pertinentes. Por último,
quien presida la sesión podrá dirigir las preguntas u observaciones en los mismos términos.
g) La extensión máxima de la fase de la comparecencia relativa al diálogo será de 15
minutos.
La Comisión Permanente constituida en funciones de calificación podrá acordar, con
carácter previo al inicio de la comparecencia, la reducción del tiempo máximo y de los tiempos
parciales de intervención si apreciare motivos justificados para ello, que deberán consignarse
y documentarse en el acta de la sesión. En todo caso, el tiempo máximo y los tiempos
parciales tendrán la misma extensión para todas las personas que opten a la plaza convocada.
Quinta.
Informes.
Sexta. Ponderación de méritos.
En la ponderación de conjunto de los méritos se tendrán en cuenta circunstancias de
género para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo,
para la igualdad efectiva de hombres y mujeres. Con arreglo a la jurisprudencia
constitucional y del Tribunal Supremo que ha interpretado esta exigencia (Auto del Tribunal
Constitucional 119/2018, de 14 de diciembre, ECLI:ES:Tc:2018:119A), esas
consideraciones tendrán lugar dentro del respeto y presuponiendo las exigencias que
imponen los principios de mérito y capacidad, pero podrán ser determinantes de la
cve: BOE-A-2020-11620
Verificable en https://www.boe.es
Se recabará informe del Servicio de Inspección relativo a los antecedentes y la
laboriosidad de las personas que opten a la plaza así como sobre el estado de los órganos
de los que sean titulares.
Se recabará informe de las Salas de Gobierno en relación con las personas que opten
a la plaza. La emisión del informe corresponderá a la Sala de Gobierno de la circunscripción
donde tenga destino la persona que opte a la plaza. Si la persona que opta a la plaza
hubiese servido en los diez años anteriores en la circunscripción de más de un Tribunal
Superior de Justicia, emitirán informe las Salas de Gobierno de todos ellos. Los informes
serán en todo caso detallados.
Se recabará informe de la Comisión de Igualdad sobre las circunstancias de género
que puedan ser tenidas en cuenta en relación con la plaza ofertada.
Núm. 261
Viernes 2 de octubre de 2020
Sec. II.B. Pág. 83488
La comparecencia se llevará a cabo de la siguiente forma:
a) La comparecencia tendrá una duración máxima total de treinta minutos. La
persona que opte a la plaza deberá respetar el tiempo máximo y los tiempos parciales de
intervención. Quien presida la sesión asegurará que el tiempo máximo y los tiempos
parciales se cumplan de manera estricta.
b) La comparecencia se iniciará con la exposición de los aspectos curriculares que la
persona que aspire a la plaza considere de interés y cuya extensión máxima no podrá ser
superior a cinco minutos.
c) Seguidamente, y por un tiempo máximo de cinco minutos, la persona que opte a
la plaza deberá abordar los aspectos que estime de interés en relación con las resoluciones
destacadas o seleccionadas y escritos jurídicos a que se ha hecho referencia en los
apartados 1.4 y 1.5.1.a) de la base tercera.
d) Posteriormente, la persona que aspire a la plaza deberá llevar a cabo una
exposición de los aspectos relativos al programa de actuación presentado por tiempo
máximo de otros cinco minutos.
e) Concluida la exposición, la ponencia para la proposición de la terna que se hubiese
designado entablará un diálogo con la persona que opte a la plaza sobre las cuestiones
que juzgue de interés y que de manera directa o indirecta se relacionen con las
resoluciones indicadas en la solicitud, o con los escritos jurídicos, obras científicas y
actividades profesionales, docentes o discentes indicadas en su solicitud de participación
o con cuestiones de interés y actualidad que guarden relación con las materias de la
jurisdicción a cuya plaza opta, así como con el programa de actuación que hubiese
presentado.
f) Una vez concluido el diálogo con la ponencia, los Vocales que asistan a la
comparecencia podrán formular preguntas o consideraciones pertinentes. Por último,
quien presida la sesión podrá dirigir las preguntas u observaciones en los mismos términos.
g) La extensión máxima de la fase de la comparecencia relativa al diálogo será de 15
minutos.
La Comisión Permanente constituida en funciones de calificación podrá acordar, con
carácter previo al inicio de la comparecencia, la reducción del tiempo máximo y de los tiempos
parciales de intervención si apreciare motivos justificados para ello, que deberán consignarse
y documentarse en el acta de la sesión. En todo caso, el tiempo máximo y los tiempos
parciales tendrán la misma extensión para todas las personas que opten a la plaza convocada.
Quinta.
Informes.
Sexta. Ponderación de méritos.
En la ponderación de conjunto de los méritos se tendrán en cuenta circunstancias de
género para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo,
para la igualdad efectiva de hombres y mujeres. Con arreglo a la jurisprudencia
constitucional y del Tribunal Supremo que ha interpretado esta exigencia (Auto del Tribunal
Constitucional 119/2018, de 14 de diciembre, ECLI:ES:Tc:2018:119A), esas
consideraciones tendrán lugar dentro del respeto y presuponiendo las exigencias que
imponen los principios de mérito y capacidad, pero podrán ser determinantes de la
cve: BOE-A-2020-11620
Verificable en https://www.boe.es
Se recabará informe del Servicio de Inspección relativo a los antecedentes y la
laboriosidad de las personas que opten a la plaza así como sobre el estado de los órganos
de los que sean titulares.
Se recabará informe de las Salas de Gobierno en relación con las personas que opten
a la plaza. La emisión del informe corresponderá a la Sala de Gobierno de la circunscripción
donde tenga destino la persona que opte a la plaza. Si la persona que opta a la plaza
hubiese servido en los diez años anteriores en la circunscripción de más de un Tribunal
Superior de Justicia, emitirán informe las Salas de Gobierno de todos ellos. Los informes
serán en todo caso detallados.
Se recabará informe de la Comisión de Igualdad sobre las circunstancias de género
que puedan ser tenidas en cuenta en relación con la plaza ofertada.