II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2020-11561)
Resolución de 9 de septiembre de 2020, de la Universidad de Granada, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
24 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 260

Jueves 1 de octubre de 2020

Sec. II.B. Pág. 82937

otro Estado con el que tengan dicho vínculo cuando esta circunstancia proceda.
Asimismo, en el supuesto de aquellos aspirantes que participen en las presentes
pruebas selectivas por su condición de cónyuges, deberán presentar, además de los
documentos señalados, declaración jurada o promesa de no hallarse separados de
derecho de su respectivo cónyuge. Los documentos que así lo precisen deberán
presentarse traducidos al español.
Los solicitantes aportarán esta documentación en formato pdf a través de la sede
electrónica.
3.4 En el caso de oponerse a la consulta por parte de la Universidad de los datos
consignados en la solicitud, además de la documentación requerida en el apartado
anterior, deberá acompañarse la siguiente documentación:





Fotocopia del DNI o pasaporte.
Certificado de discapacidad, si fuera el caso.
Acreditación de la condición de familia numerosa, si fuera el caso.
Certificado que acredite cumplir el requisito establecido en el punto 2.1.e).

Los solicitantes deberán acompañar esta documentación en formato pdf, a través de
la sede electrónica.
3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse, en cualquier
momento, de oficio o a solicitud de los interesados.
3.6 Todos los documentos que no estén redactados en lengua castellana deberán
acompañarse necesariamente de la correspondiente traducción oficial si así es requerido
por la Comisión encargada de resolver el concurso.
3.7 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus
solicitudes, no admitiéndose ninguna petición de modificación salvo causa excepcional
sobrevenida, justificada y discrecionalmente apreciada por la Comisión.
3.8 Serán motivos de exclusión, la falta de abono de los derechos de examen
correspondientes, no poseer o no acreditar de forma suficiente la posesión de los requisitos
exigidos para cada una de las plazas convocadas y presentar la solicitud fuera del plazo
establecido.

4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Rectora dictará una Resolución,
en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y
excluidos. Dicha Resolución, junto con las listas completas de admitidos y excluidos, con
indicación de las causas de exclusión, se publicará en el tablón de anuncios que el Rectorado
tiene designado a tales efectos en el Servicio de Personal Docente e Investigador (PDI) en
calle Santa Lucía, 8, 18071 Granada) así como en la página web de la Universidad (serviciopdi.
ugr.es) que servirá, a efectos legales, de notificación a los interesados.
4.2 Contra dicha Resolución, los interesados podrán presentar reclamación ante la
Rectora en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del
anuncio, o bien subsanar, en el mismo plazo, el motivo de la exclusión.
Los solicitantes deberán presentar esta reclamación a través del procedimiento
«Concursos a plazas docentes: Reclamación a la relación provisional de admitidos/as y
excluidos/as» disponible en dicha sede.
4.3 Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas, la Rectora, en el
plazo máximo de quince días, dictará Resolución aprobando la lista definitiva de
candidatos admitidos y excluidos, que se publicará en la forma anteriormente establecida.
Contra esta Resolución se podrá interponer recurso en los términos previstos en el
artículo 123 de la LPAC.

cve: BOE-A-2020-11561
Verificable en https://www.boe.es

4. Admisión de aspirantes