III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2020-11578)
Resolución de 29 de septiembre de 2020, de la Secretaría General de Infraestructuras, por la que se publica la Adenda n.º 3 al Convenio con la Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre, S.M.E., SA, para la promoción y construcción de determinadas infraestructuras de carreteras de titularidad estatal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 260
Jueves 1 de octubre de 2020
Sec. III. Pág. 83054
Convenio VI y adenda 1 al Convenio VII el 1 de julio de 2011, todos ellos se han gestionado
de acuerdo con el principio de caja única. Esta unidad en la gestión haría necesario que la
liquidación de los diferentes convenios se realizase de forma unitaria a la finalización de
las actuaciones previstas en todos ellos y de que se realicen por la Administración las
aportaciones previstas en los mismos, lo que hace preciso la unificación de los mismos en
un solo Convenio que permita una liquidación unitaria de actuaciones y aportaciones.
Decimotercero.
El estado de ejecución de las obras encomendadas es diferente. Algunas obras están
completamente finalizadas, otras se encuentran en diferentes estados de ejecución como
consecuencia de la reprogramación de los convenios que hizo necesario el reajuste de las
anualidades de las obras. El detalle de las obras de carreteras finalizadas y en ejecución
se encuentra en el anexo I a este Convenio.
Dadas las diferentes fases en las que se encuentran las obras y la multitud de
convenios y adendas existentes, se considera necesario proceder a una reprogramación
de las aportaciones del Ministerio de Transportes. Movilidad y Agenda Urbana al tiempo
que se unifican los convenios.
En relación con los compromisos de aportación de la Administración General del
Estado, hasta la fecha, de los 4.030.512.031 € previstos en los convenios se han aportado
3.339.855.315 €, quedando pendientes en principio aportaciones por 690.656.717 €. No
obstante, tras la refundición de los convenios dicha cuantía se verá reducida.
Teniendo en cuenta el importe de las necesidades de aportaciones patrimoniales de la
Administración General del Estado según los convenios vigentes, que ascienden a
690.656.717 € y las fuentes de financiación y aplicaciones estimadas de las mismas, el
importe de nuevas aportaciones patrimoniales de la Administración General del Estado se
reducirá en 358.104.799 €, siendo por tanto necesario efectuar aportaciones patrimoniales
por importe de 332.551.918 €.
Decimocuarto.
Por el Consejo de Administración, en su reunión de fecha 18 de junio de 2014, se
prestó aprobación a los términos del Convenio refundido y sus anexos.
Decimoquinto.
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto y alcance del Convenio Refundido.
El presente Convenio refundido tiene por objeto unificar los Convenios I, II, IV, V, VI
y VII y sus correspondientes adendas, entre la Administración General del Estado y la
Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre, S.M.E., S.A. para la
promoción y construcción de determinadas obras de carreteras de titularidad estatal.
Asimismo, tiene por objeto regular, en el marco de lo dispuesto por la disposición
adicional séptima en la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, las relaciones
cve: BOE-A-2020-11578
Verificable en https://www.boe.es
El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, previo informe favorable de
la Abogacía del Estado, de fecha 10 de julio de 2015, recabó el informe preceptivo del
entonces Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Remitido este el 29 de julio
de 2015, el Proyecto de Convenio refundido, y encomienda de nuevas actuaciones se
sometió a la aprobación del Consejo de Ministros, que lo autorizó por Acuerdo de fecha 31
de julio de 2015.
En consecuencia y de conformidad con cuanto antecede, la Administración General
del Estado, representado por el Sr. Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y
la SEITT representada por su Presidente, formalizan el presente Convenio, con sujeción a
lo siguiente:
Núm. 260
Jueves 1 de octubre de 2020
Sec. III. Pág. 83054
Convenio VI y adenda 1 al Convenio VII el 1 de julio de 2011, todos ellos se han gestionado
de acuerdo con el principio de caja única. Esta unidad en la gestión haría necesario que la
liquidación de los diferentes convenios se realizase de forma unitaria a la finalización de
las actuaciones previstas en todos ellos y de que se realicen por la Administración las
aportaciones previstas en los mismos, lo que hace preciso la unificación de los mismos en
un solo Convenio que permita una liquidación unitaria de actuaciones y aportaciones.
Decimotercero.
El estado de ejecución de las obras encomendadas es diferente. Algunas obras están
completamente finalizadas, otras se encuentran en diferentes estados de ejecución como
consecuencia de la reprogramación de los convenios que hizo necesario el reajuste de las
anualidades de las obras. El detalle de las obras de carreteras finalizadas y en ejecución
se encuentra en el anexo I a este Convenio.
Dadas las diferentes fases en las que se encuentran las obras y la multitud de
convenios y adendas existentes, se considera necesario proceder a una reprogramación
de las aportaciones del Ministerio de Transportes. Movilidad y Agenda Urbana al tiempo
que se unifican los convenios.
En relación con los compromisos de aportación de la Administración General del
Estado, hasta la fecha, de los 4.030.512.031 € previstos en los convenios se han aportado
3.339.855.315 €, quedando pendientes en principio aportaciones por 690.656.717 €. No
obstante, tras la refundición de los convenios dicha cuantía se verá reducida.
Teniendo en cuenta el importe de las necesidades de aportaciones patrimoniales de la
Administración General del Estado según los convenios vigentes, que ascienden a
690.656.717 € y las fuentes de financiación y aplicaciones estimadas de las mismas, el
importe de nuevas aportaciones patrimoniales de la Administración General del Estado se
reducirá en 358.104.799 €, siendo por tanto necesario efectuar aportaciones patrimoniales
por importe de 332.551.918 €.
Decimocuarto.
Por el Consejo de Administración, en su reunión de fecha 18 de junio de 2014, se
prestó aprobación a los términos del Convenio refundido y sus anexos.
Decimoquinto.
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto y alcance del Convenio Refundido.
El presente Convenio refundido tiene por objeto unificar los Convenios I, II, IV, V, VI
y VII y sus correspondientes adendas, entre la Administración General del Estado y la
Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre, S.M.E., S.A. para la
promoción y construcción de determinadas obras de carreteras de titularidad estatal.
Asimismo, tiene por objeto regular, en el marco de lo dispuesto por la disposición
adicional séptima en la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, las relaciones
cve: BOE-A-2020-11578
Verificable en https://www.boe.es
El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, previo informe favorable de
la Abogacía del Estado, de fecha 10 de julio de 2015, recabó el informe preceptivo del
entonces Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Remitido este el 29 de julio
de 2015, el Proyecto de Convenio refundido, y encomienda de nuevas actuaciones se
sometió a la aprobación del Consejo de Ministros, que lo autorizó por Acuerdo de fecha 31
de julio de 2015.
En consecuencia y de conformidad con cuanto antecede, la Administración General
del Estado, representado por el Sr. Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y
la SEITT representada por su Presidente, formalizan el presente Convenio, con sujeción a
lo siguiente: