III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2020-11577)
Resolución de 25 de septiembre de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, para la incorporación a la Sede Electrónica y al Registro Electrónico del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 260
Jueves 1 de octubre de 2020
Segunda.
Sec. III. Pág. 83045
Vigencia.
El Convenio señalado en la cláusula Primera extenderá su vigencia hasta el 2 de
octubre de 2024, sin perjuicio de la posibilidad de que las partes firmantes acuerden de
forma expresa, transcurrida dicha fecha, una nueva prórroga de conformidad con su
cláusula Séptima.
A esta adenda le es aplicable lo establecido en la cláusula Sexta del Convenio
respecto a la resolución del mismo por denuncia por alguna de las partes.
Tercera. Validez.
La presente adenda se perfecciona con la firma de las partes y tendrá validez y
eficacia desde la fecha de su inscripción en el Registro Estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y publicación en el BOE.
cve: BOE-A-2020-11577
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, suscriben la presente adenda electrónicamente.–El
Subsecretario de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Jesús Manuel Gómez
García.–El Director del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, O.A. y
M.P., José Trigueros Rodrigo.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 260
Jueves 1 de octubre de 2020
Segunda.
Sec. III. Pág. 83045
Vigencia.
El Convenio señalado en la cláusula Primera extenderá su vigencia hasta el 2 de
octubre de 2024, sin perjuicio de la posibilidad de que las partes firmantes acuerden de
forma expresa, transcurrida dicha fecha, una nueva prórroga de conformidad con su
cláusula Séptima.
A esta adenda le es aplicable lo establecido en la cláusula Sexta del Convenio
respecto a la resolución del mismo por denuncia por alguna de las partes.
Tercera. Validez.
La presente adenda se perfecciona con la firma de las partes y tendrá validez y
eficacia desde la fecha de su inscripción en el Registro Estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y publicación en el BOE.
cve: BOE-A-2020-11577
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, suscriben la presente adenda electrónicamente.–El
Subsecretario de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Jesús Manuel Gómez
García.–El Director del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, O.A. y
M.P., José Trigueros Rodrigo.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X