II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES. Personal laboral. (BOE-A-2020-11536)
Resolución de 25 de septiembre de 2020, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se convoca plaza de personal laboral, para su cobertura con personal funcionario de Cuerpos Superiores de la Administración General del Estado y Organismos Públicos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 260

Jueves 1 de octubre de 2020

Sec. II.B. Pág. 82903

El Órgano de Selección hará pública en el Registro General de la CNMV y en su
página WEB (http://www.cnmv.es/portal/quees/Ofertas/empleo.aspx), la relación de
candidatos que han superado esta primera parte de conocimientos de la lengua inglesa
conforme a lo establecido en el segundo párrafo de este punto. Los candidatos que hayan
superado la prueba serán convocados por el Órgano de Selección para la realización de
la segunda parte, con indicación del lugar, fecha y hora de su realización. La convocatoria
a esta segunda parte se realizará al menos con 72 horas de antelación a su inicio.
b)

Segunda parte: entrevista personal.

El Órgano de Selección procederá a efectuar una entrevista personal que tendrá por
objeto determinar y valorar la adecuación del candidato al puesto de trabajo, su iniciativa
y su capacidad de organización, su capacidad de expresión oral, así como el interés para
integrarse en la organización y en el desempeño de la plaza convocada y que ha sido
descrita en el número 4 de la base PRIMERA. Con este propósito, el Órgano de Selección,
además de contrastar el alcance y contenido de los requisitos establecidos en los números
1.3, 1.4 y 1.5 de la base SEGUNDA, podrá requerir del candidato la exposición y desarrollo
de alguna cuestión referente a su experiencia profesional.
Esta prueba se valorará de 0 a 50 puntos, siendo necesario obtener al menos 25
puntos para superarla.
En la ejecución de esta parte de la fase de oposición, el orden de actuación de los
aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «B». En el supuesto de que
no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «B», el orden de
actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «C», y así
sucesivamente, según lo establecido en la Resolución de 21 de julio de 2020, de la
Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública (BOE de 24 de julio de 2020).

cve: BOE-A-2020-11536
Verificable en https://www.boe.es

4. La calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas
en la fase de concurso y en la fase de oposición.