III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Convenios. (BOE-A-2020-11567)
Resolución de 18 de septiembre de 2020, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio con la Fundación Anar, para reforzar la asistencia y la protección de las personas menores de edad víctimas de violencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 260
Jueves 1 de octubre de 2020
Sec. III. Pág. 83011
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
11567
Resolución de 18 de septiembre de 2020, de la Secretaría de Estado de
Justicia, por la que se publica el Convenio con la Fundación Anar, para
reforzar la asistencia y la protección de las personas menores de edad
víctimas de violencia.
Con fecha 4 de agosto de 2020 se ha suscrito el Convenio entre el Ministerio de
Justicia y la Fundación Anar para reforzar la asistencia y la protección de las personas
menores de edad víctimas de violencia.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.
Madrid, 18 de septiembre de 2020.–El Secretario de Estado de Justicia, Pablo
Zapatero Miguel.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Justicia y la Fundación Anar para reforzar la
asistencia y la protección de las personas menores de edad víctimas de violencia
En Madrid, a 4 de agosto de 2020.
REUNIDOS
El Secretario de Estado de Justicia, don Pablo Zapatero Miguel, nombrado por Real
Decreto 160/2020, de 29 de enero, en representación del Ministerio de Justicia y en el
ejercicio de las competencias que le confiere el artículo 62 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La Presidenta de la Fundación Anar, doña Silvia Moroder de León y Castillo, con
domicilio en Madrid, Avenida de América, número 24, y con CIF G-80453731, actuando
en nombre y representación de ésta, en virtud de poder notarial otorgado ante el Notario
de Madrid, don Santiago Rubio Liniers, con el número 2137/1997 de su Protocolo, e
inscrita en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte,
bajo el número 28/0849.
Ambas partes intervienen en virtud de las facultades que sus respectivos cargos les
confieren, se reconocen mutuamente capacidad y legitimación para suscribir el presente
Convenio y a tal efecto,
I. El artículo 39 de la Constitución española establece la obligación de los poderes
públicos de asegurar la protección social, económica y jurídica de la familia y, dentro de
ésta, con carácter singular la de las personas menores de edad.
El 30 de noviembre de 1990 el Estado español ratificó la Convención sobre los
Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de
noviembre de 1989.
A partir de tales normas internacionales y constitucionales, diversas leyes han
desarrollado la protección de la infancia y la adolescencia: así, la Ley Orgánica 1/1996,
de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, la Ley 4/2015, de 27 de abril, del
cve: BOE-A-2020-11567
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Núm. 260
Jueves 1 de octubre de 2020
Sec. III. Pág. 83011
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MINISTERIO DE JUSTICIA
11567
Resolución de 18 de septiembre de 2020, de la Secretaría de Estado de
Justicia, por la que se publica el Convenio con la Fundación Anar, para
reforzar la asistencia y la protección de las personas menores de edad
víctimas de violencia.
Con fecha 4 de agosto de 2020 se ha suscrito el Convenio entre el Ministerio de
Justicia y la Fundación Anar para reforzar la asistencia y la protección de las personas
menores de edad víctimas de violencia.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.
Madrid, 18 de septiembre de 2020.–El Secretario de Estado de Justicia, Pablo
Zapatero Miguel.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Justicia y la Fundación Anar para reforzar la
asistencia y la protección de las personas menores de edad víctimas de violencia
En Madrid, a 4 de agosto de 2020.
REUNIDOS
El Secretario de Estado de Justicia, don Pablo Zapatero Miguel, nombrado por Real
Decreto 160/2020, de 29 de enero, en representación del Ministerio de Justicia y en el
ejercicio de las competencias que le confiere el artículo 62 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La Presidenta de la Fundación Anar, doña Silvia Moroder de León y Castillo, con
domicilio en Madrid, Avenida de América, número 24, y con CIF G-80453731, actuando
en nombre y representación de ésta, en virtud de poder notarial otorgado ante el Notario
de Madrid, don Santiago Rubio Liniers, con el número 2137/1997 de su Protocolo, e
inscrita en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte,
bajo el número 28/0849.
Ambas partes intervienen en virtud de las facultades que sus respectivos cargos les
confieren, se reconocen mutuamente capacidad y legitimación para suscribir el presente
Convenio y a tal efecto,
I. El artículo 39 de la Constitución española establece la obligación de los poderes
públicos de asegurar la protección social, económica y jurídica de la familia y, dentro de
ésta, con carácter singular la de las personas menores de edad.
El 30 de noviembre de 1990 el Estado español ratificó la Convención sobre los
Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de
noviembre de 1989.
A partir de tales normas internacionales y constitucionales, diversas leyes han
desarrollado la protección de la infancia y la adolescencia: así, la Ley Orgánica 1/1996,
de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, la Ley 4/2015, de 27 de abril, del
cve: BOE-A-2020-11567
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