IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2020-32634)
MADRID
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 260

Jueves 1 de octubre de 2020

Sec. IV. Pág. 43558

Aclaración de fecha 13 de julio de 2020:
"…PARTE DISPOSITIVA
DISPONGO: Que estimando el recurso de aclaración formulado por escrito de
25.5.2020 de la ADMINISTRACIÓN CONCURSAL de la mercantil Afinsa Bienes
Tangibles, S.A., contra el Auto nº 80/2020, de 11 de mayo de 2020,; debo aclarar
el mismo en el sentido:
Único.- En su Parte Dispositiva, párrafo 2º donde dice:
'...En su virtud, debo tener por satisfechos, pagados y cumplidos, los créditos
concursales nacidos a favor de dichos titulares por los mencionados contratos
correspondiente al quince por ciento (15%) del crédito reconocido como ordinario
en el listado definitivo de acreedores; los cuales quedarán excluidos de la masa
pasiva concursal desde la firmeza de la presente Resolución; sin que los mismos [identificados en el doc. nº 1 y 2 de la solicitud-] tengan nada que reclamar ni
percibir dentro del concurso…'.
Debe decir:
'...En su virtud, debo tener por satisfechos, pagados y cumplidos, los créditos
concursales nacidos a favor de dichos titulares por los mencionados contratos
correspondiente al quince por ciento (15%) del crédito reconocido como ordinario
en el listado definitivo de acreedores; los cuales [-identificados en el doc. nº 1 y 2
de la solicitud-] continuarán incluidos de la masa pasiva concursal por la parte del
crédito no satisfecha con derecho a participar de los futuros pagos que efectúe la
administración concursal, a resultas del proceso liquidativo y en la proporción que
les corresponda…'.
Debo mantener el resto de la Resolución rectificada en su integridad…".
Y para que sirva de notificación a los "acreedores filatélicos que no han
respondido a la carta enviada en virtud del auto de fecha 9 de octubre de 2019
para la inclusión en el expediente de consignación de dinero concursal" expido y
firmo la presente.
Madrid, 13 de agosto de 2020.- La Letrada de la Admón. de Justicia, María
Jesús Palmero Sandín.

cve: BOE-B-2020-32634
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X