III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Becas. (BOE-A-2020-11469)
Orden PCM/918/2020, de 21 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de formación para posgraduados en materias de interés para el Centro de Investigaciones Sociológicas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 259

Miércoles 30 de septiembre de 2020

Sec. III. Pág. 82520

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA,
RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
Orden PCM/918/2020, de 21 de septiembre, por la que se establecen las
bases reguladoras para la concesión de becas de formación para
posgraduados en materias de interés para el Centro de Investigaciones
Sociológicas.

La Ley 39/1995, de 19 de diciembre, de Organización del Centro de Investigaciones
Sociológicas, y su reglamento de desarrollo aprobado por el Real Decreto 1214/1997,
de 18 de julio, sobre organización del Centro de Investigaciones Sociológicas, regulan
entre las funciones encomendadas al Centro de Investigaciones Sociológicas «la
promoción y estímulo de la investigación social aplicada, mediante la organización de
cursos y seminarios, la convocatoria de becas, ayudas y premios, y la participación en
programas de formación de técnicos y especialistas en la materia».
Entre los mecanismos que se señalan, en esta orden ministerial se procede a regular
el de la convocatoria de becas. En concreto, el Centro de Investigaciones Sociológicas
viene concediendo anualmente una serie de becas a posgraduados para mejorar su
formación en ámbitos materiales que son de interés para el Organismo y que pueden
contribuir al fomento, promoción y estímulo de la investigación social aplicada.
El artículo 17.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
establece que en el ámbito de la Administración General del Estado, así como de los
organismos públicos y restantes entidades de derecho público con personalidad jurídica
propia vinculadas o dependientes de aquella, los ministros correspondientes
establecerán las oportunas bases reguladoras de la concesión de subvenciones,
añadiendo que las citadas bases se aprobarán por orden ministerial, previo informe de
los servicios jurídicos y de la Intervención Delegada correspondiente. Estas bases deben
ser objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado», en tanto que las
convocatorias concretas para cada ejercicio se harán públicas a través de la Base de
Datos Nacional de Subvenciones, que se constituye como Sistema Nacional de
Publicidad de Subvenciones a través del que se da cumplimiento a todos los requisitos
de publicidad y transparencia de los actos subvencionables.
Con la aprobación de estas bases se sustituyen las que fueron aprobadas mediante
la Orden PRA/33/2017, de 23 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras
para la concesión por el Centro de Investigaciones Sociológicas de las becas de
formación para posgraduados en materias de interés para el organismo. Resulta
oportuno sustituir la citada orden por varias cuestiones: se quieren actualizar los criterios
de valoración de los expedientes de solicitud, modificándolos para ajustarlos a la realidad
social de los posgraduados. De igual forma se busca, también, ampliar la información
publicada en las convocatorias para dar mayor transparencia al procedimiento. Por
último, se pretende actualizar la designación de los miembros de la Comisión de
valoración, adaptándolos a las circunstancias específicas del Organismo.
Los potenciales beneficiarios de estas becas son posgraduados, lo que implica que
forman parte de aquellos colectivos que por capacidad técnica y disponibilidad de acceso
a los medios electrónicos pueden quedar obligados a relacionarse electrónicamente con
las Administraciones Públicas, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Por ello, también
en esta orden se establece la obligación de relacionarse electrónicamente con el Centro
de Investigaciones Sociológicas para la tramitación del procedimiento de subvención.

cve: BOE-A-2020-11469
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