III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2020-11405)
Resolución de 25 de septiembre de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Cervantes y la Universidad Nacional de Educación a Distancia, para la organización del Máster Universitario en Formación de profesores de español como segunda lengua.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 258
Martes 29 de septiembre de 2020
Sec. III. Pág. 82125
creación, tiene como fines la promoción universal de la enseñanza, el estudio y el uso
del español y el fomento de cuantas medidas y acciones contribuyan a la difusión y
mejora de la calidad de estas actividades así como contribuir a la difusión de la cultura
en el exterior.
II. Que la UNED es una Institución de Derecho público dotada de personalidad
jurídica propia y plena autonomía, creada por Decreto 2.310/1972, de 18 de agosto, que
tiene encomendado el servicio público de la educación superior que realiza mediante la
docencia, la investigación y el estudio en la modalidad de educación a distancia, y que
para llevar a efecto estos fines, puede establecer relaciones con otras entidades para la
promoción y desarrollo de sus fines institucionales.
III. Que el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la
ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, establece en su artículo 10, sobre
las Enseñanzas de Máster que «1. Las enseñanzas de Máster tienen como finalidad la
adquisición por el estudiante de una formación avanzada, de carácter especializado o
multidisciplinar, orientada a la especialización académica o profesional, o bien a
promover la iniciación en tareas investigadoras. 2. La superación de las enseñanzas
previstas en el apartado anterior dará derecho a la obtención del título de Máster
Universitario, con la denominación específica que figure en el Registro de Universidades,
Centros y Títulos (RUCT)».
IV. Que ambas partes consideran de interés, para la mejor formación de los
estudiantes y en función de una mejor utilización de los recursos humanos disponibles,
por lo que vienen colaborando desde 2011 para la realización del Máster Universitario en
Formación de Profesores de Español como Segunda Lengua, Título Oficial de la UNED y
que, tras sucesivas ediciones del citado Máster, desarrolladas de forma satisfactoria,
ambas entidades están de acuerdo en actualizar y ampliar su colaboración mediante la
suscripción del presente convenio.
V. Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 a) de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, el presente convenio ha sido informado favorablemente por el servicio
jurídico del Instituto Cervantes.
VI. Que el presente convenio ha sido objeto de la autorización prevista en el
artículo 50.2 c) de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, con fecha 11 de septiembre
de 2020.
VII. Que el Consejo de Administración del Instituto Cervantes, en sesión de fecha
de 16 de junio de 1995, aprobó los criterios básicos para la firma de convenios con
Universidades y otras instituciones académicas y que, en la sesión de 17 de diciembre
de 2019, se presentó al Consejo la previsión de suscripción de este convenio y,
específicamente, la gratuidad del curso de «Acreditación de tutores AVE global» así
como el acceso para determinados alumnos a la plataforma del AVE global (puntos 4 y 5
de su cláusula sexta).
Por todo ello, las partes manifiestan su voluntad de formalizar el presente convenio,
con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto.
El objeto del presente convenio es establecer la colaboración del Instituto Cervantes
con la UNED para la impartición del Máster Universitario en Formación de Profesores de
Español como Segunda Lengua, reconocido como Máster oficial de la UNED y que se
lleva impartiendo desde el curso 2013/2014 y la realización de las correspondientes
prácticas académicas.
cve: BOE-A-2020-11405
Verificable en https://www.boe.es
Primera.
Núm. 258
Martes 29 de septiembre de 2020
Sec. III. Pág. 82125
creación, tiene como fines la promoción universal de la enseñanza, el estudio y el uso
del español y el fomento de cuantas medidas y acciones contribuyan a la difusión y
mejora de la calidad de estas actividades así como contribuir a la difusión de la cultura
en el exterior.
II. Que la UNED es una Institución de Derecho público dotada de personalidad
jurídica propia y plena autonomía, creada por Decreto 2.310/1972, de 18 de agosto, que
tiene encomendado el servicio público de la educación superior que realiza mediante la
docencia, la investigación y el estudio en la modalidad de educación a distancia, y que
para llevar a efecto estos fines, puede establecer relaciones con otras entidades para la
promoción y desarrollo de sus fines institucionales.
III. Que el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la
ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, establece en su artículo 10, sobre
las Enseñanzas de Máster que «1. Las enseñanzas de Máster tienen como finalidad la
adquisición por el estudiante de una formación avanzada, de carácter especializado o
multidisciplinar, orientada a la especialización académica o profesional, o bien a
promover la iniciación en tareas investigadoras. 2. La superación de las enseñanzas
previstas en el apartado anterior dará derecho a la obtención del título de Máster
Universitario, con la denominación específica que figure en el Registro de Universidades,
Centros y Títulos (RUCT)».
IV. Que ambas partes consideran de interés, para la mejor formación de los
estudiantes y en función de una mejor utilización de los recursos humanos disponibles,
por lo que vienen colaborando desde 2011 para la realización del Máster Universitario en
Formación de Profesores de Español como Segunda Lengua, Título Oficial de la UNED y
que, tras sucesivas ediciones del citado Máster, desarrolladas de forma satisfactoria,
ambas entidades están de acuerdo en actualizar y ampliar su colaboración mediante la
suscripción del presente convenio.
V. Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 a) de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, el presente convenio ha sido informado favorablemente por el servicio
jurídico del Instituto Cervantes.
VI. Que el presente convenio ha sido objeto de la autorización prevista en el
artículo 50.2 c) de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, con fecha 11 de septiembre
de 2020.
VII. Que el Consejo de Administración del Instituto Cervantes, en sesión de fecha
de 16 de junio de 1995, aprobó los criterios básicos para la firma de convenios con
Universidades y otras instituciones académicas y que, en la sesión de 17 de diciembre
de 2019, se presentó al Consejo la previsión de suscripción de este convenio y,
específicamente, la gratuidad del curso de «Acreditación de tutores AVE global» así
como el acceso para determinados alumnos a la plataforma del AVE global (puntos 4 y 5
de su cláusula sexta).
Por todo ello, las partes manifiestan su voluntad de formalizar el presente convenio,
con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto.
El objeto del presente convenio es establecer la colaboración del Instituto Cervantes
con la UNED para la impartición del Máster Universitario en Formación de Profesores de
Español como Segunda Lengua, reconocido como Máster oficial de la UNED y que se
lleva impartiendo desde el curso 2013/2014 y la realización de las correspondientes
prácticas académicas.
cve: BOE-A-2020-11405
Verificable en https://www.boe.es
Primera.