I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Sector gasista. (BOE-A-2020-11358)
Orden TED/902/2020, de 25 de septiembre, por la que se modifica la Orden ITC/1660/2009, de 22 de junio, por la que se establece la metodología de cálculo de la tarifa de último recurso de gas natural, con objeto de su adaptación a la nueva estructura de peajes del sistema gasista.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 258

Martes 29 de septiembre de 2020

Sec. I. Pág. 81940

5. El término variable de la tarifa se determinará como la suma de los
siguientes términos:
a) Término variable del peaje de red local en función del nivel de consumo de
la tarifa.
b) Coste del término variable del peaje de entrada a la red de transporte
troncal.
c) Coste del término variable del peaje de salida de la red de transporte troncal.
d) Coste del término variable del peaje de regasificación.
e) Coste del término variable del peaje de almacenamiento de GNL.
f)  Coste del término variable del peaje de otros costes de regasificación (TVOCR).
g) Coste del peaje de descarga de buques.
h) Coste del canon del almacenamiento subterráneo.
i)  Coste variable de comercialización.
j)  Coste de la materia prima, que incluirá el coste asociado a las mermas y al
riesgo de cantidad.»
Se modifica el artículo 6, que queda redactado según el siguiente tenor literal:

«Artículo 6.
1.

Metodología de cálculo de los peajes, cargos y cánones imputados.

Coste del peaje de regasificación.

a) Término fijo, expresado en €/mes:

b) Término variable, expresado en cts/kWh:

2.

Coste del peaje de descarga de buques, expresado en cts/kWh:

3.

Coste del canon de almacenamiento subterráneo, expresado en cts/kWh:

4.

Coste del peaje de almacenamiento de GNL.

a) Término fijo, expresado en €/mes:

cve: BOE-A-2020-11358
Verificable en https://www.boe.es

Tres.