I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Bachillerato. (BOE-A-2020-7436)
Resolución de 7 de julio de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 5 de julio de 2020, conjunta de la Secretaría de Estado de Educación y la Secretaría General de Universidades, por la que se prevé la adaptación de las condiciones de realización de las pruebas para la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad a las necesidades y situación de los centros españoles situados en el exterior del territorio nacional, los programas educativos en el exterior, los programas internacionales, el alumnado procedente de sistemas educativos extranjeros y las enseñanzas a distancia, en el curso 2019-2020, derivadas tanto de la situación sanitaria ocasionada por la pandemia producida por el COVID-19, como de las medidas adoptadas para contenerla por las autoridades de sus respectivos países.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 187

Miércoles 8 de julio de 2020

Sec. I. Pág. 48628

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA,
RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
7436

Resolución de 7 de julio de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la
Resolución de 5 de julio de 2020, conjunta de la Secretaría de Estado de
Educación y la Secretaría General de Universidades, por la que se prevé la
adaptación de las condiciones de realización de las pruebas para la
evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad a las necesidades
y situación de los centros españoles situados en el exterior del territorio
nacional, los programas educativos en el exterior, los programas
internacionales, el alumnado procedente de sistemas educativos extranjeros
y las enseñanzas a distancia, en el curso 2019-2020, derivadas tanto de la
situación sanitaria ocasionada por la pandemia producida por el COVID-19,
como de las medidas adoptadas para contenerla por las autoridades de sus
respectivos países.

El Secretario de Estado de Educación y el Secretario General de Universidades han
suscrito, con fecha 5 de julio de 2020, una Resolución conjunta por la que se prevé la
adaptación de las condiciones de realización de las pruebas para la evaluación de
Bachillerato para el acceso a la Universidad a las necesidades y situación de los centros
españoles situados en el exterior del territorio nacional, los programas educativos en el
exterior, los programas internacionales, el alumnado procedente de sistemas educativos
extranjeros y las enseñanzas a distancia, en el curso 2019-2020, derivadas tanto de la
situación sanitaria ocasionada por la pandemia producida por el COVID-19, como de las
medidas adoptadas para contenerla por las autoridades de sus respectivos países.
Para general conocimiento, dispongo su publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 7 de julio de 2020.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las
Cortes y Memoria Democrática, Antonio J. Hidalgo López.

Resolución de 5 de julio de 2020, conjunta de la Secretaría de Estado de Educación
y la Secretaría General de Universidades, por la que se prevé la adaptación de las
condiciones de realización de las pruebas para la evaluación de Bachillerato para el
acceso a la Universidad a las necesidades y situación de los centros españoles
situados en el exterior del territorio nacional, los programas educativos en el
exterior, los programas internacionales, el alumnado procedente de sistemas
educativos extranjeros y las enseñanzas a distancia, en el curso 2019-2020,
derivadas tanto de la situación sanitaria ocasionada por la pandemia producida por
el COVID-19, como de las medidas adoptadas para contenerla por las autoridades
de sus respectivos países
La crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, reconocida como pandemia global
por la Organización Mundial de la Salud el pasado 11 de marzo de 2020, ha dado lugar
en todo el mundo a un alto riesgo de contagio de la población y, por ello, a la adopción
de medidas sanitarias excepcionales en la mayoría de los países, que inciden en muy
diversos ámbitos, entre los cuales se incluye el educativo.
En España, tras la suspensión de la actividad lectiva presencial decretada para todos
los niveles de enseñanza mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que

cve: BOE-A-2020-7436
Verificable en https://www.boe.es

ANEXO
Podrás leer todo el contenido en la fuente oficial del Boletín Oficial del Estado en 30 segundos

Únicamente los usuarios registrados tienen sin esperas (y más ventajas) a la información oficial.

Iniciar sesión Crear cuenta Registrarse ahora es gratis (no lo será siempre), muy rápido y sencillo.