II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2020-7416)
Resolución de 23 de junio de 2020, de la Universitat de València, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 186

Martes 7 de julio de 2020

Sec. II.B. Pág. 48432

dictará una resolución declarando aprobada la lista provisional de las personas candidatas
admitidas y excluidas.
Dicha resolución, junto con las listas completas de las personas candidatas admitidas
y excluidas, en las que se indicarán las causas de la exclusión, se publicará en el tablón
oficial de anuncios de la Universitat de València https://webges.uv.es/uvTaeWeb/ y con
carácter informativo en la página web del Servei de Recursos Humans PDI: http://www.
uv.es/pdi o directamente a través del siguiente enlace electrónico:. https://go.uv.es/
m5H0Mxp.
Contra la mencionada resolución las personas interesadas podrán presentar
reclamación en el plazo de diez días, a contar desde el día siguiente a la publicación del
anuncio, o bien subsanar en su caso, en el mismo plazo, el defecto que haya motivado su
exclusión.
4.2 En el plazo máximo de quince días hábiles desde la finalización del plazo de
reclamaciones y resueltas las mismas, el vicerrectorado con competencias en materia de
profesorado dictará resolución aprobando la lista definitiva de las personas candidatas
admitidas y excluidas, que se publicará en la forma anteriormente establecida. Contra
dicha resolución se podrá interponer recurso de reposición ante la rectora en el plazo de
un mes desde el día siguiente a su publicación en el tablón oficial de anuncios de la
Universitat de València https://webges.uv.es/uvTaeWeb/.
4.3 En las convocatorias en las que únicamente se presente una persona candidata
que sea o haya sido profesor/a contratado/a doctor/a, catedrático/a de universidad,
catedrático/a de escuela universitaria o profesor/a titular de universidad de la misma área
de conocimiento, se eximirá a la persona candidata de la realización de la segunda parte
de la primera prueba. Esta disposición no será aplicable a quien haya estado contratado
interinamente como profesorado contratado doctor.
Comisiones de Selección. Acto de constitución.

5.1 La composición de las comisiones de selección es la que figura en el anexo I de
esta convocatoria.
5.2 En lo relativo a las sustituciones de los miembros de la Comisión en los supuestos
de abstención, recusación o renuncia, se estará a lo previsto en el artículo 5.2 del
Reglamento de Selección del Personal Docente e Investigador de la Universitat de
València.
5.3 Las comisiones han de constituirse en el plazo de tres meses desde el día
siguiente al de la publicación del nombramiento de sus miembros efectuado en la presente
convocatoria. El presidente o presidenta, previa consulta al resto de los miembros,
convocará a los titulares y, en su caso, a los suplentes para proceder al acto de constitución
de la comisión, con indicación del lugar y la fecha.
5.4 La constitución de cada comisión exigirá la presencia de todos sus miembros con
voz y voto. Los miembros titulares que no concurran al acto de constitución cesarán y
serán sustituidos por sus suplentes. En caso de que, además de los titulares, en alguno de
los suplentes concurra causa de abstención, recusación o renuncia se podrán sustituir
entre ellos correlativamente, los suplentes de los vocales primero, segundo y tercero.
5.5 Una vez constituida la comisión, en caso de ausencia, el presidente o presidenta
será sustituido por el miembro vocal de mayor categoría y antigüedad y el secretario o
secretaria por el profesor o profesora de menor categoría y antigüedad. Para la válida
actuación de la comisión será necesaria la participación, al menos, de tres de sus
miembros con voz y voto. Los miembros de la comisión que estén ausentes en alguna
actuación cesarán en su condición de tales.
5.6 En el acto de constitución y con anterioridad a la presentación de las personas
candidatas, la comisión fijará y hará públicos en el lugar indicado para el acto de
presentación, los criterios específicos de valoración del concurso de acceso, que en
cualquier caso han de respetar los criterios establecidos en el anexo IV de la presente
convocatoria. Las pruebas de selección tendrán el mismo valor. Las comisiones no podrán
establecer criterios que den preferencia al resultado obtenido en una de ellas.

cve: BOE-A-2020-7416
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.