III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2020-7353)
Resolución de 11 de marzo de 2020, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Manilva, por la que, aunque se inscribe el ejercicio de una opción de compra, se suspende la cancelación de las cargas posteriores a la opción.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 185

Lunes 6 de julio de 2020

Sec. III. Pág. 48090

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
7353

Resolución de 11 de marzo de 2020, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
de la registradora de la propiedad de Manilva, por la que, aunque se inscribe
el ejercicio de una opción de compra, se suspende la cancelación de las
cargas posteriores a la opción.

En el recurso interpuesto por doña M. C. N. A. contra la nota de calificación de la
registradora de la Propiedad de Manilva, doña María Belén Santa-Olalla FernándezFigares, por la que aunque se inscribe el ejercicio de una opción de compra, se
suspende la cancelación de las cargas posteriores a la opción.
Hechos
I
Se autorizó el día 26 de septiembre de 2019 una escritura de compraventa en
ejercicio de opción de compra por el notario de Fuengirola, don Francisco Javier Martín
Mérida, con el número 3.538 de protocolo.
II
Presentada dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Manilva, fue objeto de
la siguiente nota de calificación:
«Visto por doña Belén Santa-Olalla Fernández-Figares, Registradora de la Propiedad
de Manilva (Málaga), el procedimiento registral identificado con el n.º 8491 de entrada
de 2019, iniciado como consecuencia de la presentación en el mismo Registro, de los
documentos que se dirán, en virtud de solicitud de inscripción.
En el ejercicio de la calificación Registral sobre la legalidad de los documentos
presentados, obrantes en el procedimiento de referencia, resultan los siguientes:
Hechos.

Escritura de Compraventa en ejercicio de opción de compra n.º 3538/2019 de protocolo,
autorizada el día 26 de septiembre de 2019, por el Notario de Fuengirola don Francisco
Javier Martín Mérida, presentada en este Registro de forma telemática a las 14:28 horas del
día 26 de septiembre de 2019, bajo el Asiento número 840 del Tomo 70 del Libro Diario de
Operaciones, suspendida la calificación el día 30 de septiembre de 2019, de conformidad
con los artículos 254 y 255 de la Ley Hipotecaria, siendo acreditado el pago del impuesto y
aportada la copia en soporte papel el día 16 de octubre de dos mil diecinueve a las 13:46
por Francisco Javier Martín Mérida, fecha en que comienza el plazo para su calificación por
aplicación de los arts. 254 y 255 de la Ley Hipotecaria y 18,2.º de la misma tras la reforma
introducida por la Ley 24/2001 de 27 de diciembre.
II. En dicho Documento se han observado las siguientes circunstancias que han
sido objeto de calificación desfavorable:
Dada la solicitud y admisión de inscripción parcial realizada en la precedente
escritura en su estipulación 5.ª y en la instancia firmada por su presentante el 16 de

cve: BOE-A-2020-7353
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I. Documento y presentación: