I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. (BOE-A-2020-7314)
Real Decreto 567/2020, de 16 de junio, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales de la familia profesional Actividades Físicas y Deportivas, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, y se modifica el Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre.
137 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 6 de julio de 2020

Sec. I. Pág. 47843

técnica, ritmo e intensidad en la ejecución de las composiciones, utilización de equipos y material y la relación entre los componentes del grupo es cordial, desinhibida.
CR3.7 Las técnicas de dinamización a los usuarios durante la ejecución de los ejercicios, se realiza, para conseguir una buena relación entre ellos, captar su interés,
aumentar su motivación, y corrigiendo las situaciones que perturben el desarrollo de
las actividades, asegurando la satisfacción y participación del usuario.
RP4: Dinamizar las actividades coreografiadas colectivas de acondicionamiento físico con
soporte musical mediante las técnicas de animación establecidas en la programación de
referencia y organizando competiciones, concursos y eventos lúdico-deportivos, para motivar y fidelizar a los usuarios.
CR4.1 La recepción y despedida del usuario se realiza de forma activa y estimuladora hacia la actividad, propiciando que la relación sea espontánea y natural.
CR4.2 La satisfacción del usuario se consigue a través de la propia la dinámica y
el reconocimiento en la consecución del resultado de cada una de las sesiones de
entrenamiento.
CR4.3 La documentación para la participación de los usuarios en el evento, el uso
de las instalaciones y su dotación se gestiona verificando que se adecua a las características del evento y organizándola para garantizar el funcionamiento del mismo.
CR4.4 La participación de los usuarios, terceros, como espectadores o técnicos, en
su caso, se controla y gestiona y se comprueba su presencia durante el mismo para
que la entidad siga las pautas marcadas con criterios de seguridad y garantizar su
normal desarrollo.
CR4.5 Los participantes, horarios y ceremonias como la entrega de trofeos se organizan según el protocolo establecido para asegurar que cumple con la previsión y el
protocolo del evento.
CR4.6 Las normas que regirán el evento, así como las medidas de seguridad, se
comunican a los interesados, asegurando que con su conocimiento se cumplan.
CR4.7 El desarrollo del evento se prevé y controla, mediante una observación visual
y documental, según las directrices marcadas, garantizando las medidas de seguridad previstas en la programación.
CR4.8 La competición, concurso o evento se dinamiza mediante la aplicación de
técnicas de animación establecidas en la programación de referencia buscando la
máxima implicación de los participantes y del público.
RP5: Realizar el seguimiento de las actividades coreografiadas colectivas de acondicionamiento físico con soporte musical, conforme a la programación general de referencia, para
valorar el grado de adecuación al programa de entrenamiento e idoneidad del programa
de competiciones, concursos y eventos lúdico-deportivos.
CR5.1 Los instrumentos y técnicas para la evaluación del programa de entrenamiento se aplican en congruencia con los indicadores de evaluación según la pro-

cve: BOE-A-2020-7314
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 185