I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. (BOE-A-2020-7314)
Real Decreto 567/2020, de 16 de junio, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales de la familia profesional Actividades Físicas y Deportivas, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, y se modifica el Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 6 de julio de 2020
Sec. I. Pág. 47839
CR5.6 El registro de los datos personales de los usuarios y el consentimiento de archivo de los mismos, se realiza en el modelo de hoja de control y formato establecido
por la entidad, instalación y/o centro, de acuerdo con la programación general de
referencia, y se custodian según el protocolo establecido para asegurar la confidencialidad de los mismos y cumplir con la normativa aplicable.
CR5.7 El calendario y los horarios de las actividades del espacio de entrenamiento
y los medios disponibles de la sala, se organizan de acuerdo con las directrices de
la entidad, instalación y/o centro y la programación general de referencia, para evitar
coincidencias con otras actividades que puedan distorsionar la práctica de las actividades.
CR5.8 Las estrategias de marketing y publicidad como reparto de folletos informativos, elaboración de carteles, envío de correos electrónicos, entre otros, se prevén y
se determinan, para asegurar la divulgación de las actividades coreografiadas colectivas de acondicionamiento físico con soporte musical del espacio de entrenamiento,
de acuerdo con la programación general de referencia y los criterios organizativos de
la entidad, instalación y/o centro, contemplando la normativa aplicable.
RP6: Evaluar la programación del espacio de entrenamiento estimando el grado de satisfacción del usuario, la calidad del servicio y la eficacia de la programación, observando las
medidas de prevención de riesgos y la normativa aplicable.
CR6.1 Los instrumentos de evaluación se eligen en función de los objetivos de la
programación del espacio de entrenamiento y de acuerdo con los criterios de la entidad, instalación y/o centro y a la programación general de referencia, para el análisis
de los resultados de la práctica.
CR6.2 Los procedimientos de evaluación de la programación de la sala, del proceso
y los resultados del programa de entrenamiento, se determinan, temporalizando las
medidas correctoras, para garantizar el logro de los objetivos programados.
CR6.3 La evaluación de las actividades coreografiadas colectivas de acondicionamiento físico con soporte musical se programa y se establece de forma periódica registrándola en el modelo de hoja de control, para obtener una valoración objetivable
y reajustar las actividades de instrucción de actividades de acondicionamiento físico
e inclusión en la memoria.
CR6.4 Los datos sobre la evolución personalizada de los usuarios, se registran en
las hojas de control normalizadas para tal fin, para facilitar su utilización posterior
en reajustes de la programación del espacio de entrenamiento y la concreción de la
práctica.
CR6.5 El grado de satisfacción de los usuarios se evalúa aplicando los instrumentos
para tal fin y de manera individualizada, siguiendo los criterios de la entidad, instalación y/o centro y de acuerdo con la programación general de referencia, para ajustar
la programación del espacio de entrenamiento, aplicar las medidas correctoras y
asegurar la fidelización en la práctica.
CR6.6 La calidad del servicio y adecuación de la sala, espacios, medios y recursos
utilizados, el cumplimiento de los horarios, la optimización del tiempo y la eficacia
de los instructores de las actividades de acondicionamiento físico, se registra en las
cve: BOE-A-2020-7314
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 185
Lunes 6 de julio de 2020
Sec. I. Pág. 47839
CR5.6 El registro de los datos personales de los usuarios y el consentimiento de archivo de los mismos, se realiza en el modelo de hoja de control y formato establecido
por la entidad, instalación y/o centro, de acuerdo con la programación general de
referencia, y se custodian según el protocolo establecido para asegurar la confidencialidad de los mismos y cumplir con la normativa aplicable.
CR5.7 El calendario y los horarios de las actividades del espacio de entrenamiento
y los medios disponibles de la sala, se organizan de acuerdo con las directrices de
la entidad, instalación y/o centro y la programación general de referencia, para evitar
coincidencias con otras actividades que puedan distorsionar la práctica de las actividades.
CR5.8 Las estrategias de marketing y publicidad como reparto de folletos informativos, elaboración de carteles, envío de correos electrónicos, entre otros, se prevén y
se determinan, para asegurar la divulgación de las actividades coreografiadas colectivas de acondicionamiento físico con soporte musical del espacio de entrenamiento,
de acuerdo con la programación general de referencia y los criterios organizativos de
la entidad, instalación y/o centro, contemplando la normativa aplicable.
RP6: Evaluar la programación del espacio de entrenamiento estimando el grado de satisfacción del usuario, la calidad del servicio y la eficacia de la programación, observando las
medidas de prevención de riesgos y la normativa aplicable.
CR6.1 Los instrumentos de evaluación se eligen en función de los objetivos de la
programación del espacio de entrenamiento y de acuerdo con los criterios de la entidad, instalación y/o centro y a la programación general de referencia, para el análisis
de los resultados de la práctica.
CR6.2 Los procedimientos de evaluación de la programación de la sala, del proceso
y los resultados del programa de entrenamiento, se determinan, temporalizando las
medidas correctoras, para garantizar el logro de los objetivos programados.
CR6.3 La evaluación de las actividades coreografiadas colectivas de acondicionamiento físico con soporte musical se programa y se establece de forma periódica registrándola en el modelo de hoja de control, para obtener una valoración objetivable
y reajustar las actividades de instrucción de actividades de acondicionamiento físico
e inclusión en la memoria.
CR6.4 Los datos sobre la evolución personalizada de los usuarios, se registran en
las hojas de control normalizadas para tal fin, para facilitar su utilización posterior
en reajustes de la programación del espacio de entrenamiento y la concreción de la
práctica.
CR6.5 El grado de satisfacción de los usuarios se evalúa aplicando los instrumentos
para tal fin y de manera individualizada, siguiendo los criterios de la entidad, instalación y/o centro y de acuerdo con la programación general de referencia, para ajustar
la programación del espacio de entrenamiento, aplicar las medidas correctoras y
asegurar la fidelización en la práctica.
CR6.6 La calidad del servicio y adecuación de la sala, espacios, medios y recursos
utilizados, el cumplimiento de los horarios, la optimización del tiempo y la eficacia
de los instructores de las actividades de acondicionamiento físico, se registra en las
cve: BOE-A-2020-7314
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 185