I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. (BOE-A-2020-7314)
Real Decreto 567/2020, de 16 de junio, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales de la familia profesional Actividades Físicas y Deportivas, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, y se modifica el Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 185

Lunes 6 de julio de 2020

Sec. I. Pág. 47807

CR4.1 El lugar de seguridad se selecciona, conforme a protocolos establecidos, para
colocar al accidentado hasta la llegada de los servicios sanitarios de emergencia y
minimizar los riesgos.
CR4.2 Las técnicas de movilización e inmovilización se aplican para colocar al accidentado en una posición anatómica no lesiva hasta que acudan a la zona los servicios sanitarios de emergencia o para proceder a su traslado en caso necesario.
CR4.3 Las técnicas posturales, se aplican, cuando el accidentado se encuentra en
situación de compromiso ventilatorio o presenta signos evidentes de «shock», para
minimizar riesgos.
CR4.4 Los tipos de accidentados y lesiones, se discriminan, para intervenir en aquellos casos que no precisen de otros profesionales.
CR4.5 Las técnicas de intervención de primeros auxilios con los accidentados inmovilizados, se discriminan, para aplicar aquellas propias de un técnico de nivel como
primer interviniente, en función de la gravedad y los tipos de lesiones o proceder
inmediatamente a su traslado.
RP5: Intervenir con técnicas de comunicación y apoyo emocional al accidentado, familiares e implicados en la situación de urgencia siguiendo los protocolos establecidos, para
facilitar la asistencia, traslado y minimizar los riesgos.
CR5.1 Los signos de ataque de pánico, ansiedad y/o estrés de la víctima motivado
por el accidente, se identifican observando el aumento del ritmo cardíaco, palmas
sudorosas, dificultad para respirar, sensación subjetiva de ataque cardíaco, y sentimientos de temor para aplicar las técnicas de apoyo emocional hasta su traslado,
siguiendo los protocolos establecidos.
CR5.2 La comunicación del accidentado con su familia se facilita, desde la toma de
contacto hasta su traslado, atendiendo, en la medida de lo posible, a sus requerimientos.
CR5.3 La información a familiares, accidentado o persona relacionada, se realiza
de manera respetuosa e infundiendo confianza, sobre aquellas cuestiones que se
puedan plantear dentro de sus competencias.

CR5.5 La solicitud de información por parte de la familia de los accidentados se
atiende para ofrecerles datos sobre las cuestiones que puedan plantear dentro de
sus competencias.
Contexto profesional:
Medios de producción:
Material de movilización e inmovilización. Material electromédico. Botiquín. Equipo de
oxigenoterapia. Desfibrilador semiautomático. Equipo de protección individual. Sistema

cve: BOE-A-2020-7314
Verificable en https://www.boe.es

CR5.4 Los familiares de los accidentados, se atienden, para ofrecerles información
sobre las cuestiones que puedan plantear dentro de sus competencias.