I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. (BOE-A-2020-7314)
Real Decreto 567/2020, de 16 de junio, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales de la familia profesional Actividades Físicas y Deportivas, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, y se modifica el Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 185
Lunes 6 de julio de 2020
Sec. I. Pág. 47774
UNIDAD DE COMPETENCIA 4: ASISTIR COMO PRIMER INTERVINIENTE EN CASO
DE ACCIDENTE O SITUACIÓN DE EMERGENCIA.
Nivel: 2.
Código: UC0272_2.
Realizaciones profesionales y criterios de realización:
RP1: Buscar signos de alteraciones orgánicas según los protocolos establecidos, para la
valoración inicial del accidentado, como primer interviniente.
CR1.1 La señalización y el balizamiento según lo establecido, se realizan utilizando
los elementos disponibles para acotar el lugar de la emergencia.
CR1.2 La información sobre el estado del accidentado y las causas del accidente
se recaba, estableciendo comunicación cuando es posible, con el mismo o con los
posibles testigos y asistentes ocasionales al suceso, para valorar la situación inicial.
CR1.3 Las técnicas de valoración con ligeros zarandeos en los hombros y toques en
las mejillas, se efectúan, para valorar el nivel de consciencia del accidentado.
CR1.4 La observación de los movimientos del pecho y la emisión de sonidos y aliento acercándose a su cara, se efectúa, para comprobar la respiración del accidentado.
CR1.5 El estado de la circulación sanguínea se comprueba, mediante la observación
del ritmo respiratorio del accidentado y movimientos de sus miembros.
CR1.6 Los mecanismos de producción del traumatismo se identifican para buscar las
posibles lesiones asociadas.
CR1.7 Los elementos de protección individual se utilizan para prevenir riesgos
laborales durante la asistencia al accidentado.
CR1.8 El servicio de atención de emergencias, se contacta, para informar de los
resultados de la valoración inicial realizada, comunicando la información recabada,
consultando las maniobras que se vayan a aplicar y solicitando otros recursos que
pudiesen ser necesarios.
CR2.1 La asistencia inicial a personas en situación de compromiso ventilatorio y/o
cardiocirculatorio, se presta, ejerciendo vigilancia y seguimiento constante para detectar cualquier cambio significativo en la situación de partida.
CR2.2 La apertura, limpieza y desobstrucción de la vía aérea ante un obstáculo o
cuerpo extraño, se realiza, mediante las técnicas manuales o aspirador según la
situación, conforme a protocolos establecidos, para asegurar la ventilación.
CR2.3 La permeabilidad de la vía aérea en accidentados inconscientes se preserva,
mediante la aplicación de la técnica postural que la asegure, para preservar la ventilación.
CR2.4 Las técnicas ventilatorias con balón resucitador manual y/u oxígeno se seleccionan, conforme a protocolos establecidos, para permitir una ventilación artificial del
accidentado ante evidentes signos de hipoxia.
CR2.5 Las técnicas de reanimación cardio-respiratoria se aplican, conforme a protocolos establecidos, ante una situación de parada cardio-respiratoria, para recuperar
las constantes vitales.
cve: BOE-A-2020-7314
Verificable en https://www.boe.es
RP2: Asistir al accidentado con maniobras de soporte ventilatorio y/o circulatorio básico,
para mantener o recuperar las constantes vitales, conforme a protocolos establecidos.
Núm. 185
Lunes 6 de julio de 2020
Sec. I. Pág. 47774
UNIDAD DE COMPETENCIA 4: ASISTIR COMO PRIMER INTERVINIENTE EN CASO
DE ACCIDENTE O SITUACIÓN DE EMERGENCIA.
Nivel: 2.
Código: UC0272_2.
Realizaciones profesionales y criterios de realización:
RP1: Buscar signos de alteraciones orgánicas según los protocolos establecidos, para la
valoración inicial del accidentado, como primer interviniente.
CR1.1 La señalización y el balizamiento según lo establecido, se realizan utilizando
los elementos disponibles para acotar el lugar de la emergencia.
CR1.2 La información sobre el estado del accidentado y las causas del accidente
se recaba, estableciendo comunicación cuando es posible, con el mismo o con los
posibles testigos y asistentes ocasionales al suceso, para valorar la situación inicial.
CR1.3 Las técnicas de valoración con ligeros zarandeos en los hombros y toques en
las mejillas, se efectúan, para valorar el nivel de consciencia del accidentado.
CR1.4 La observación de los movimientos del pecho y la emisión de sonidos y aliento acercándose a su cara, se efectúa, para comprobar la respiración del accidentado.
CR1.5 El estado de la circulación sanguínea se comprueba, mediante la observación
del ritmo respiratorio del accidentado y movimientos de sus miembros.
CR1.6 Los mecanismos de producción del traumatismo se identifican para buscar las
posibles lesiones asociadas.
CR1.7 Los elementos de protección individual se utilizan para prevenir riesgos
laborales durante la asistencia al accidentado.
CR1.8 El servicio de atención de emergencias, se contacta, para informar de los
resultados de la valoración inicial realizada, comunicando la información recabada,
consultando las maniobras que se vayan a aplicar y solicitando otros recursos que
pudiesen ser necesarios.
CR2.1 La asistencia inicial a personas en situación de compromiso ventilatorio y/o
cardiocirculatorio, se presta, ejerciendo vigilancia y seguimiento constante para detectar cualquier cambio significativo en la situación de partida.
CR2.2 La apertura, limpieza y desobstrucción de la vía aérea ante un obstáculo o
cuerpo extraño, se realiza, mediante las técnicas manuales o aspirador según la
situación, conforme a protocolos establecidos, para asegurar la ventilación.
CR2.3 La permeabilidad de la vía aérea en accidentados inconscientes se preserva,
mediante la aplicación de la técnica postural que la asegure, para preservar la ventilación.
CR2.4 Las técnicas ventilatorias con balón resucitador manual y/u oxígeno se seleccionan, conforme a protocolos establecidos, para permitir una ventilación artificial del
accidentado ante evidentes signos de hipoxia.
CR2.5 Las técnicas de reanimación cardio-respiratoria se aplican, conforme a protocolos establecidos, ante una situación de parada cardio-respiratoria, para recuperar
las constantes vitales.
cve: BOE-A-2020-7314
Verificable en https://www.boe.es
RP2: Asistir al accidentado con maniobras de soporte ventilatorio y/o circulatorio básico,
para mantener o recuperar las constantes vitales, conforme a protocolos establecidos.