II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpo de Oficiales de Arsenales de la Armada. (BOE-A-2020-7284)
Resolución 400/38188/2020, de 24 de junio, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Oficiales de Arsenales de la Armada.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 4 de julio de 2020
Sec. II.B. Pág. 47583
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la letra mayúscula «L» (acceso
libre/nuevo ingreso).
En el recuadro 18, «Ministerio/Organo/Entidad convocante», se consignará
Subsecretaría de Defensa. No es necesario señalar código.
En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que
haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará Madrid.
En el recuadro 21, «Grado de discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán
indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en
el recuadro 23, las posibles adaptaciones y los ajustes razonables de tiempo y medios
para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
Los aspirantes con discapacidad, de solicitar dicha adaptación, deberán adjuntar
Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación competente,
que acreditará de forma fehaciente la/s deficiencia/s permanente/s que hayan dado origen
al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda
valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
En el recuadro 22, «Reserva discapacidad» los aspirantes con un grado de
discapacidad igual o superior al 33 por ciento que deseen participar en el proceso selectivo
por el cupo de reserva para personas con discapacidad deberán indicarlo (casilla «sí,
general»).
En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se hará constar la titulación que se
posee para participar en estas pruebas, de acuerdo con lo señalado en la base específica
5 de esta convocatoria.
En el recuadro 27 «Datos A», los aspirantes que deseen participar en el proceso
selectivo por el cupo de reserva para personal militar deberán así indicarlo, consignando
en dicha casilla las letras mayúsculas «RM».
En el recuadro 27 «Datos B», se hará constar la posesión del permiso de conducción
clase B, consignando en dicha casilla «Permiso conducción B».
El importe de la tasa de derechos de examen será, con carácter general, de 11,43
euros y para miembros de familias numerosas de categoría general de 5,72 euros.
Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, debiendo
acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad
haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la
dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID y el interesado haya dado su conformidad
al órgano gestor para acceder a la Plataforma de Intermediación de Datos de las
Administraciones Públicas.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante al menos, un
mes antes de la fecha de convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención:
1. Que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo
adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de
promoción, formación o reconversión profesionales.
Estos extremos deberán verificarse, salvo que conste oposición expresa del interesado
manifestada en la solicitud, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de
Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas. En el caso de no dar el
consentimiento para el acceso, la certificación relativa a la condición de demandante de
empleo, con los requisitos señalados, se deberá solicitar por el interesado en la oficina de
los servicios públicos de empleo. En ella constará que se cumple con los requisitos
señalados y deberá ser presentada por el interesado junto con el resto de la documentación.
2. Que asimismo carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario
Mínimo Interprofesional en vigor.
En cuanto a la acreditación de las rentas, salvo que conste la oposición expresa del
interesado manifestada en la solicitud, se verificará por el órgano gestor mediante el
cve: BOE-A-2020-7284
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 184
Sábado 4 de julio de 2020
Sec. II.B. Pág. 47583
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la letra mayúscula «L» (acceso
libre/nuevo ingreso).
En el recuadro 18, «Ministerio/Organo/Entidad convocante», se consignará
Subsecretaría de Defensa. No es necesario señalar código.
En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que
haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará Madrid.
En el recuadro 21, «Grado de discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán
indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en
el recuadro 23, las posibles adaptaciones y los ajustes razonables de tiempo y medios
para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
Los aspirantes con discapacidad, de solicitar dicha adaptación, deberán adjuntar
Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación competente,
que acreditará de forma fehaciente la/s deficiencia/s permanente/s que hayan dado origen
al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda
valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
En el recuadro 22, «Reserva discapacidad» los aspirantes con un grado de
discapacidad igual o superior al 33 por ciento que deseen participar en el proceso selectivo
por el cupo de reserva para personas con discapacidad deberán indicarlo (casilla «sí,
general»).
En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se hará constar la titulación que se
posee para participar en estas pruebas, de acuerdo con lo señalado en la base específica
5 de esta convocatoria.
En el recuadro 27 «Datos A», los aspirantes que deseen participar en el proceso
selectivo por el cupo de reserva para personal militar deberán así indicarlo, consignando
en dicha casilla las letras mayúsculas «RM».
En el recuadro 27 «Datos B», se hará constar la posesión del permiso de conducción
clase B, consignando en dicha casilla «Permiso conducción B».
El importe de la tasa de derechos de examen será, con carácter general, de 11,43
euros y para miembros de familias numerosas de categoría general de 5,72 euros.
Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, debiendo
acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad
haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la
dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID y el interesado haya dado su conformidad
al órgano gestor para acceder a la Plataforma de Intermediación de Datos de las
Administraciones Públicas.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante al menos, un
mes antes de la fecha de convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención:
1. Que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo
adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de
promoción, formación o reconversión profesionales.
Estos extremos deberán verificarse, salvo que conste oposición expresa del interesado
manifestada en la solicitud, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de
Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas. En el caso de no dar el
consentimiento para el acceso, la certificación relativa a la condición de demandante de
empleo, con los requisitos señalados, se deberá solicitar por el interesado en la oficina de
los servicios públicos de empleo. En ella constará que se cumple con los requisitos
señalados y deberá ser presentada por el interesado junto con el resto de la documentación.
2. Que asimismo carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario
Mínimo Interprofesional en vigor.
En cuanto a la acreditación de las rentas, salvo que conste la oposición expresa del
interesado manifestada en la solicitud, se verificará por el órgano gestor mediante el
cve: BOE-A-2020-7284
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 184