III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Productos petrolíferos. Operadores. (BOE-A-2020-7301)
Resolución de 14 de junio de 2020, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se establece el listado de operadores al por mayor de gases licuados del petróleo con obligación de suministro domiciliario.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184

Sábado 4 de julio de 2020

Ámbito territorial

Comunidad Autónoma de Canarias.

Sec. III. Pág. 47670

Operador con obligación de reparto domiciliario

Disa Gas, S.A.

Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Repsol Butano, S.A.

Segundo.

Eficacia.

Esta resolución surtirá efectos al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado».
Tercero. Régimen de recursos.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe
interponerse recurso de alzada ante la titular de la Secretaría de Estado de Energía, en
el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con
lo dispuesto en los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 2 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

cve: BOE-A-2020-7301
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 14 de junio de 2020.–El Director General de Política Energética y Minas,
Manuel García Hernández.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X