III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2020-7206)
Resolución de 5 de marzo de 2020, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Almuñécar, por la que se deniega la inscripción de una cláusula sobre interés de demora en un préstamo hipotecario.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 183
Viernes 3 de julio de 2020
Sec. III. Pág. 47089
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
7206
Resolución de 5 de marzo de 2020, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
de la registradora de la propiedad de Almuñécar, por la que se deniega la
inscripción de una cláusula sobre interés de demora en un préstamo
hipotecario.
En el recurso interpuesto por don F. A. A. B., en nombre y representación de
«Caixabank, S.A.», contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de
Almuñécar, doña Pilar Martín Moya, por la que se deniega la inscripción de una cláusula
sobre interés de demora en un préstamo hipotecario.
Hechos
I
Mediante escritura de préstamo hipotecario autorizada el día 13 de septiembre
de 2019 por el notario de Granada, don José Justo Navarro Chinchilla, se autorizó un
préstamo hipotecario concedido por «Caixabank, S.A.».
II
Presentada telemáticamente el día 13 de septiembre de 2019 dicha escritura en el
Registro de la Propiedad de Almuñécar, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
«Entrada n.º: 5306 del año: 2.019.
Asiento n.º: 1.805 Diario: 65.
Presentado el 13/09/2019 a las 12:57.
Presentante: Gestores Administrativos Reunidos SA Granada.
Interesados: Caixabank SA, doña A. M. M. C., Caixabank SA, doña A. M. M. C.
Naturaleza: Escritura pública.
Objeto: hipoteca telemática.
Protocolo n.º: 1232/2019 de 13/09/2019.
Notario: José Justo Navarro Chinchilla, Granada.
Calificación del documento a que se refieren los anteriores datos.
Ref: JA. Extensión del teléfono: (…)
Hechos.
El día trece de septiembre del año dos mil diecinueve fue presentado el documento
de referencia para su inscripción en este Registro, y aportada copia autorizada del
documento el día 01/10/2019.
II.
1) Según el artículo 15.7 de la Ley 5/2019 “En 7. En la escritura pública del
préstamo el notario autorizante insertará una reseña identificativa del acta a la que se
refieren los apartados anteriores. En dicha reseña se expresará el número de protocolo,
notario autorizante y su fecha de autorización, así como la afirmación del notario bajo su
cve: BOE-A-2020-7206
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I.
Núm. 183
Viernes 3 de julio de 2020
Sec. III. Pág. 47089
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
7206
Resolución de 5 de marzo de 2020, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
de la registradora de la propiedad de Almuñécar, por la que se deniega la
inscripción de una cláusula sobre interés de demora en un préstamo
hipotecario.
En el recurso interpuesto por don F. A. A. B., en nombre y representación de
«Caixabank, S.A.», contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de
Almuñécar, doña Pilar Martín Moya, por la que se deniega la inscripción de una cláusula
sobre interés de demora en un préstamo hipotecario.
Hechos
I
Mediante escritura de préstamo hipotecario autorizada el día 13 de septiembre
de 2019 por el notario de Granada, don José Justo Navarro Chinchilla, se autorizó un
préstamo hipotecario concedido por «Caixabank, S.A.».
II
Presentada telemáticamente el día 13 de septiembre de 2019 dicha escritura en el
Registro de la Propiedad de Almuñécar, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
«Entrada n.º: 5306 del año: 2.019.
Asiento n.º: 1.805 Diario: 65.
Presentado el 13/09/2019 a las 12:57.
Presentante: Gestores Administrativos Reunidos SA Granada.
Interesados: Caixabank SA, doña A. M. M. C., Caixabank SA, doña A. M. M. C.
Naturaleza: Escritura pública.
Objeto: hipoteca telemática.
Protocolo n.º: 1232/2019 de 13/09/2019.
Notario: José Justo Navarro Chinchilla, Granada.
Calificación del documento a que se refieren los anteriores datos.
Ref: JA. Extensión del teléfono: (…)
Hechos.
El día trece de septiembre del año dos mil diecinueve fue presentado el documento
de referencia para su inscripción en este Registro, y aportada copia autorizada del
documento el día 01/10/2019.
II.
1) Según el artículo 15.7 de la Ley 5/2019 “En 7. En la escritura pública del
préstamo el notario autorizante insertará una reseña identificativa del acta a la que se
refieren los apartados anteriores. En dicha reseña se expresará el número de protocolo,
notario autorizante y su fecha de autorización, así como la afirmación del notario bajo su
cve: BOE-A-2020-7206
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I.