III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Convenios. (BOE-A-2020-7219)
Resolución de 25 de junio de 2020, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con la Diputación Provincial de Valencia en materia de gestión catastral.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 183
Viernes 3 de julio de 2020
Sec. III. Pág. 47132
hacerse cargo de todos los expedientes pendientes con independencia del estado de
tramitación en que se encuentren.
Cláusula transitoria.
Para la ejecución de las tareas contempladas en el presente Convenio, la entidad
colaboradora deberá emplear las aplicaciones, formatos y sistemas de comunicaciones
que al efecto establezca la Dirección General del Catastro, y acceder a través de los
correspondientes programas y líneas de comunicaciones, cuya instalación y
mantenimiento será por cuenta de dicha entidad colaboradora.
Cláusula adicional.
Con carácter complementario a las obligaciones establecidas en el presente
Convenio, la Diputación se compromete a entregar a la Gerencia, a efectos estadísticos,
los datos resultantes de la gestión tributaria del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y los
establecidos en el artículo 69 del Real Decreto 417/2006.
Por otra parte, de conformidad con el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9 de
diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, las partes
deberán hacer pública la relación de los convenios suscritos y encomiendas de gestión,
en los términos y condiciones indicados por la Ley.
Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Convenio en duplicado ejemplar
en el lugar y fecha anteriormente indicados.–El Director General del Catastro Fernando
de Aragón Amunárriz.–El Presidente de la Diputación Provincial de Valencia, Antoni
Francesc Gaspar Ramos.
ANEXO I
ADEMUZ.
ADOR.
AGULLENT.
AIELO DE MALFERIT.
AIELO DE RUGAT.
ALBAIDA.
ALBALAT DE LA RIBERA.
ALBALAT DELS SORELLS.
ALBALAT DELS TARONGERS.
ALBUIXECH.
ALCANTERA DE XUQUER.
ALCUBLAS.
ALCUDIA DE CRESPINS.
ALFARA DE LA BARONIA.
ALFARP.
ALFARRASI.
ALFAUIR.
ALMASSERA.
ALMISERAT.
ALMOINES.
ALPUENTE.
ANDILLA.
ANNA.
ANTELLA.
ARAS DE LOS OLMOS.
ATZENETA D'ALBAIDA.
cve: BOE-A-2020-7219
Verificable en https://www.boe.es
Relación de municipios incluidos en el Convenio
Núm. 183
Viernes 3 de julio de 2020
Sec. III. Pág. 47132
hacerse cargo de todos los expedientes pendientes con independencia del estado de
tramitación en que se encuentren.
Cláusula transitoria.
Para la ejecución de las tareas contempladas en el presente Convenio, la entidad
colaboradora deberá emplear las aplicaciones, formatos y sistemas de comunicaciones
que al efecto establezca la Dirección General del Catastro, y acceder a través de los
correspondientes programas y líneas de comunicaciones, cuya instalación y
mantenimiento será por cuenta de dicha entidad colaboradora.
Cláusula adicional.
Con carácter complementario a las obligaciones establecidas en el presente
Convenio, la Diputación se compromete a entregar a la Gerencia, a efectos estadísticos,
los datos resultantes de la gestión tributaria del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y los
establecidos en el artículo 69 del Real Decreto 417/2006.
Por otra parte, de conformidad con el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9 de
diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, las partes
deberán hacer pública la relación de los convenios suscritos y encomiendas de gestión,
en los términos y condiciones indicados por la Ley.
Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Convenio en duplicado ejemplar
en el lugar y fecha anteriormente indicados.–El Director General del Catastro Fernando
de Aragón Amunárriz.–El Presidente de la Diputación Provincial de Valencia, Antoni
Francesc Gaspar Ramos.
ANEXO I
ADEMUZ.
ADOR.
AGULLENT.
AIELO DE MALFERIT.
AIELO DE RUGAT.
ALBAIDA.
ALBALAT DE LA RIBERA.
ALBALAT DELS SORELLS.
ALBALAT DELS TARONGERS.
ALBUIXECH.
ALCANTERA DE XUQUER.
ALCUBLAS.
ALCUDIA DE CRESPINS.
ALFARA DE LA BARONIA.
ALFARP.
ALFARRASI.
ALFAUIR.
ALMASSERA.
ALMISERAT.
ALMOINES.
ALPUENTE.
ANDILLA.
ANNA.
ANTELLA.
ARAS DE LOS OLMOS.
ATZENETA D'ALBAIDA.
cve: BOE-A-2020-7219
Verificable en https://www.boe.es
Relación de municipios incluidos en el Convenio