III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2020-7187)
Resolución de 25 de febrero de 2020, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Zafra, por la que se deniega la expedición de certificación en un expediente de dominio para la rectificación de descripción.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 183
Viernes 3 de julio de 2020
Sec. III. Pág. 46918
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
7187
Resolución de 25 de febrero de 2020, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
de la registradora de la propiedad de Zafra, por la que se deniega la
expedición de certificación en un expediente de dominio para la rectificación
de descripción.
En el recurso interpuesto por don Carlos Duro Fernández, notario de Los Santos de
Maimona, contra la nota de calificación de la registradora de la Propiedad de Zafra, doña
María José Mateo Vera, por la que se deniega la expedición de certificación en un
expediente de dominio para la rectificación de descripción.
Hechos
I
Mediante acta otorgada el día de 3 de octubre de 2019 ante el notario de Los Santos
de Maimona, don Carlos Duro Fernández, con el número 676 de protocolo, se inició el
expediente de dominio para la rectificación de la descripción de la finca registral
número 16.232 del término de Los Santos de Maimona y se solicitó la expedición de la
certificación prevista en el artículo 201 en relación con el 203 de la Ley Hipotecaria.
II
Presentada dicha acta en el Registro de la Propiedad de Zafra, fue objeto de la
siguiente nota de calificación:
«Examinada y calificada la precedente acta de requerimiento para expediente del
artículo 201 de la Ley Hipotecaria, autorizada por el Notario de Los Santos de Maimona,
don Carlos Duro Fernández, el tres de octubre de dos mil diecinueve, bajo el número 676
de orden protocolar, la Registradora que suscribe previo examen de la legalidad vigente
y de los libros a su cargo ha acordado denegar la expedición de la certificación solicitada
en base a los siguiente hechos y fundamentos de Derecho:
Uno. El acta calificada fue presentada por el Notario autorizante, en la oficina del
Registro de la Propiedad de Zafra, a las doce horas quince minutos del día 24 de octubre
de 2.019, causando el asiento de presentación número 775 del libro Diario.
Dos. El acta presentada documenta el requerimiento realizado al Notario autorizante,
por doña M. C. G. G., J. F. G. S. y E. M. M. y D. A. y D I. G. S., como titulares registrales
por cuartas e iguales partes indivisas del pleno dominio de la finca registral
número 16.232, para la tramitación del procedimiento del artículo 201 de la Ley
Hipotecaria [sic], a efectos de obtener la rectificación de superficie y linderos de la finca
referida. Dicha finca aparece descrita en los asientos del Registro como "Corralón" en
Los Santos de Maimona, parte del señalado con el número (…), con una extensión
superficial de 141,50 metros cuadrados. Habiéndose formado por división material de la
registral 9.022 de expresada localidad, que era "un corralón en la localidad de Los
Santos de Maimona, señalado con el número (…), con una extensión superficial de 283
metros cuadrados", es escritura autorizada por el que fuera su Notario de Los Santos de
Maimona, don Antonio Casquete de Prado Montero de Espinosa, el treinta de diciembre
de mil novecientos ochenta y siete, con el número 1.667 de protocolo.
cve: BOE-A-2020-7187
Verificable en https://www.boe.es
Hechos.
Núm. 183
Viernes 3 de julio de 2020
Sec. III. Pág. 46918
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
7187
Resolución de 25 de febrero de 2020, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
de la registradora de la propiedad de Zafra, por la que se deniega la
expedición de certificación en un expediente de dominio para la rectificación
de descripción.
En el recurso interpuesto por don Carlos Duro Fernández, notario de Los Santos de
Maimona, contra la nota de calificación de la registradora de la Propiedad de Zafra, doña
María José Mateo Vera, por la que se deniega la expedición de certificación en un
expediente de dominio para la rectificación de descripción.
Hechos
I
Mediante acta otorgada el día de 3 de octubre de 2019 ante el notario de Los Santos
de Maimona, don Carlos Duro Fernández, con el número 676 de protocolo, se inició el
expediente de dominio para la rectificación de la descripción de la finca registral
número 16.232 del término de Los Santos de Maimona y se solicitó la expedición de la
certificación prevista en el artículo 201 en relación con el 203 de la Ley Hipotecaria.
II
Presentada dicha acta en el Registro de la Propiedad de Zafra, fue objeto de la
siguiente nota de calificación:
«Examinada y calificada la precedente acta de requerimiento para expediente del
artículo 201 de la Ley Hipotecaria, autorizada por el Notario de Los Santos de Maimona,
don Carlos Duro Fernández, el tres de octubre de dos mil diecinueve, bajo el número 676
de orden protocolar, la Registradora que suscribe previo examen de la legalidad vigente
y de los libros a su cargo ha acordado denegar la expedición de la certificación solicitada
en base a los siguiente hechos y fundamentos de Derecho:
Uno. El acta calificada fue presentada por el Notario autorizante, en la oficina del
Registro de la Propiedad de Zafra, a las doce horas quince minutos del día 24 de octubre
de 2.019, causando el asiento de presentación número 775 del libro Diario.
Dos. El acta presentada documenta el requerimiento realizado al Notario autorizante,
por doña M. C. G. G., J. F. G. S. y E. M. M. y D. A. y D I. G. S., como titulares registrales
por cuartas e iguales partes indivisas del pleno dominio de la finca registral
número 16.232, para la tramitación del procedimiento del artículo 201 de la Ley
Hipotecaria [sic], a efectos de obtener la rectificación de superficie y linderos de la finca
referida. Dicha finca aparece descrita en los asientos del Registro como "Corralón" en
Los Santos de Maimona, parte del señalado con el número (…), con una extensión
superficial de 141,50 metros cuadrados. Habiéndose formado por división material de la
registral 9.022 de expresada localidad, que era "un corralón en la localidad de Los
Santos de Maimona, señalado con el número (…), con una extensión superficial de 283
metros cuadrados", es escritura autorizada por el que fuera su Notario de Los Santos de
Maimona, don Antonio Casquete de Prado Montero de Espinosa, el treinta de diciembre
de mil novecientos ochenta y siete, con el número 1.667 de protocolo.
cve: BOE-A-2020-7187
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Hechos.