III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2020-7238)
Resolución de 23 de junio de 2020, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Organización de Productores de Pesca Fresca del Puerto y Ría de Marín, en el marco de la convocatoria del programa Pleamar 2018, de la Fundación Biodiversidad del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 183

Viernes 3 de julio de 2020

Tabla 2.

Sec. III. Pág. 47328

Presupuesto desglosado por partidas
Ejecución entidad beneficiaria (CSIC)

Euros

Ejecución socio
(OPROMAR)

Euros

82.275,46

4.112.40

4.800,00

2.060,00

13.300,00

19.225,00

5.200,00







Material fungible.

1.500,00

1.035,00

Costes indirectos.

12.341,32

Partida

Personal.
Viajes y manutención.
Subcontrataciones.
Asistencias externas.
Material inventariable.

Total (€).

119.416,78

26.432,40

El CSIC, como entidad receptora de los fondos del Proyecto, transferirá a
OPROMAR mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente n.º ES91 2080 5567
1330 4000 1310 la cuantía económica correspondiente del pago efectuado por la
Fundación Biodiversidad al CSIC, esto es, 22.320,00 €, tras la justificación adecuada de
todos los gastos al finalizar el Proyecto. Todo ello de acuerdo con lo establecido en las
Bases Reguladoras, en la Convocatoria y en el presente Convenio.
Sexta.

Información y publicidad.

Las Partes velarán por la implementación del plan de información y publicidad tal y
como se recoge en la propuesta del Proyecto y en línea con los requisitos exigidos por la
Fundación Biodiversidad. En cualquiera de los casos de difusión de resultados se hará
siempre referencia especial al presente Convenio.
El formulario de solicitud del Proyecto recoge dentro del Plan de Publicidad las
diferentes acciones previstas de difusión del Proyecto y de las que ambas Partes se
hacen responsables. Las Partes declaran conocer dicho Plan de Publicidad.
Séptima.

Seguimiento, control y evaluación de las acciones.

– Es además el Jefe Técnico del mismo.
– Establece la agenda para las reuniones del Comité de Gestión.
– Preside las reuniones del Comité de Gestión.
– Asegura que se ejecuten las decisiones tomadas por el Comité de Gestión
respecto a la ejecución de las actividades.
Cualquier experto o persona cualificada podrá ser invitada por el Coordinador del
Proyecto (Director del Proyecto) a asistir a las reuniones del Comité de Gestión en
calidad de asesor, a propuesta de una de las Partes.

cve: BOE-A-2020-7238
Verificable en https://www.boe.es

Se establecerá un Comité de Gestión, el cual será el órgano de decisión y de
resolución de las dudas de interpretación y las incidencias en la ejecución del Convenio,
y será responsable de la dirección global del Proyecto y de las acciones desarrollas en
él, así como de su seguimiento y control.
Cada Parte acuerda designar a dos personas como sus representantes en dicho
Comité, estando compuesto como mínimo por el Director de Proyecto, designado por el
CSIC, y por un representante autorizado, designado por OPROMAR.
El Director del Proyecto: