III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2020-7233)
Resolución de 19 de junio de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales para el año 2020 del VII Convenio colectivo estatal del sector de fabricantes de yesos, escayolas, cales y sus prefabricados.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 183
Viernes 3 de julio de 2020
Niveles
Año 2020
X
16.443,61
XI
16.079,61
Sec. III. Pág. 47234
2. Durante el año 2021, se aplicará un importe equivalente al 2,5%, sobre el
SMG de 2020.
3. Será aplicable al SMG para el ejercicio 2021 los mismos criterios de
actualización previstos en el apartado 4 del artículo 42.
4. Las cantidades que se abonan, cualquier que sea su denominación en
concepto de pluses extra salariales, serán equivalentes al 8% del salario mínimo
interprofesional vigente.»
Tercero. Adición de un nuevo anexo VI al Convenio a través del cual se procede a la
actualización de las tablas salariales para el año 2020.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 del Convenio, se procede a
modificar y actualizar el importe de las tablas salariales provinciales establecidas en el
anexo VI para el año 2020, tras la aplicación de un incremento equivalente al 2,4% sobre
las tablas del año 2019.
La liquidación y pago de los incrementos que se hayan devengado correspondientes
a las tablas de 2020 se harán efectivos dentro de los dos meses siguientes tras la
publicación en el «BOE» del presente Acuerdo de actualización salarial del convenio.
De esta manera, se procede a la adición de un nuevo anexo VI, cuyo contenido se
establece como a continuación se expone:
«ANEXO VI
Tablas salariales para 2020
Salario base
mes
Salario base
día
Plus asistencia
mes
Plus asistencia
día
Plus Resp.
esp. mes
Plus convenio
mes
Plus convenio
día
II Titulado superior.
1.916,42
63,88
188,34
7,54
88,01
18,50
0,76
III Titulado medio.
1.664,41
55,48
188,34
7,54
88,01
18,50
0,76
IV Encargado general.
1.594,13
53,14
188,34
7,54
88,01
18,50
0,76
V Jefe administración 2.ª
1.502,16
50,06
188,34
7,54
88,01
18,50
0,76
VI Oficial de 1.ª administrativo.
1.372,92
45,77
188,34
7,54
88,01
18,50
0,76
VII Capataz.
1.319,54
43,99
188,34
7,54
88,01
18,50
0,76
VIII Oficial de 1.ª de oficio.
1.261,41
42,05
188,34
7,54
62,87
18,50
0,76
IX Oficial de 2.ª de oficio.
1.225,38
40,85
188,34
7,54
31,43
18,50
0,76
X Ayudante.
1.203,72
40,12
188,34
7,54
18,50
0,76
XI Peón especialista.
1.188,09
39,60
188,34
7,54
18,50
0,76
XII Peón ordinario.
1.168,15
38,93
188,34
7,54
18,50
0,76
Nivel/Categoría profesional
cve: BOE-A-2020-7233
Verificable en https://www.boe.es
Albacete
Núm. 183
Viernes 3 de julio de 2020
Niveles
Año 2020
X
16.443,61
XI
16.079,61
Sec. III. Pág. 47234
2. Durante el año 2021, se aplicará un importe equivalente al 2,5%, sobre el
SMG de 2020.
3. Será aplicable al SMG para el ejercicio 2021 los mismos criterios de
actualización previstos en el apartado 4 del artículo 42.
4. Las cantidades que se abonan, cualquier que sea su denominación en
concepto de pluses extra salariales, serán equivalentes al 8% del salario mínimo
interprofesional vigente.»
Tercero. Adición de un nuevo anexo VI al Convenio a través del cual se procede a la
actualización de las tablas salariales para el año 2020.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 del Convenio, se procede a
modificar y actualizar el importe de las tablas salariales provinciales establecidas en el
anexo VI para el año 2020, tras la aplicación de un incremento equivalente al 2,4% sobre
las tablas del año 2019.
La liquidación y pago de los incrementos que se hayan devengado correspondientes
a las tablas de 2020 se harán efectivos dentro de los dos meses siguientes tras la
publicación en el «BOE» del presente Acuerdo de actualización salarial del convenio.
De esta manera, se procede a la adición de un nuevo anexo VI, cuyo contenido se
establece como a continuación se expone:
«ANEXO VI
Tablas salariales para 2020
Salario base
mes
Salario base
día
Plus asistencia
mes
Plus asistencia
día
Plus Resp.
esp. mes
Plus convenio
mes
Plus convenio
día
II Titulado superior.
1.916,42
63,88
188,34
7,54
88,01
18,50
0,76
III Titulado medio.
1.664,41
55,48
188,34
7,54
88,01
18,50
0,76
IV Encargado general.
1.594,13
53,14
188,34
7,54
88,01
18,50
0,76
V Jefe administración 2.ª
1.502,16
50,06
188,34
7,54
88,01
18,50
0,76
VI Oficial de 1.ª administrativo.
1.372,92
45,77
188,34
7,54
88,01
18,50
0,76
VII Capataz.
1.319,54
43,99
188,34
7,54
88,01
18,50
0,76
VIII Oficial de 1.ª de oficio.
1.261,41
42,05
188,34
7,54
62,87
18,50
0,76
IX Oficial de 2.ª de oficio.
1.225,38
40,85
188,34
7,54
31,43
18,50
0,76
X Ayudante.
1.203,72
40,12
188,34
7,54
18,50
0,76
XI Peón especialista.
1.188,09
39,60
188,34
7,54
18,50
0,76
XII Peón ordinario.
1.168,15
38,93
188,34
7,54
18,50
0,76
Nivel/Categoría profesional
cve: BOE-A-2020-7233
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Albacete