III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2020-7233)
Resolución de 19 de junio de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales para el año 2020 del VII Convenio colectivo estatal del sector de fabricantes de yesos, escayolas, cales y sus prefabricados.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 183
Viernes 3 de julio de 2020
Sec. III. Pág. 47247
Plus distancia: 0,18.
Jubilación:
A los 60 años: 6.690,20.
A los 61 años: 4.882,74.
A los 62 años: 3.597,81.
A los 63 años: 2.398,51.
Cláusula adicional:
De conformidad con lo dispuesto en el acta de fecha 22 de julio 1997,
continuará siendo de aplicación de manera transitoria, en todo lo que no se
oponga al acuerdo sobre materias concretas de fecha 11 de marzo de 1999, el
contenido normativo del Convenio colectivo para las industrias de cales y yesos de
Castellón y su provincia publicado en el «Boletín Oficial» de la provincia de
fecha 29 de agosto de 1996.
Ceuta
Salario base
mes
Nivel
Plus
residencia
mes
Plus
antig. Mes
Plus
asistencia día
Plus
transporte día
Pagas y
vacaciones
(cada 1)
II,III,IV
1.036,62
259,16
18,25
0,60
1,72
1.954,75
V y VI
1.022,92
255,73
18,25
0,60
1,72
1.929,08
VII
1.009,28
252,32
18,25
0,60
1,72
1.903,25
VIII
995,65
248,92
18,25
0,60
1,72
1.877,37
IX y X
981,89
245,48
18,25
0,60
1,72
1.851,57
XI
968,38
242,09
18,25
0,60
1,72
1.826,07
Dieta completa €/día: 55,30.
Media dieta €/día: 27,66.
Plus desgaste herramienta: 16,45.
Horas extraordinarias:
Nivel VI: 10,98.
Nivel VII y IX: 16,45.
Ciudad Real
Dos pagas y vacaciones
Total anual
(cada 1)
II
1.502,57
3,68
1.502,57 21.862,48
III
1.466,95
3,68
1.466,95 21.363,77
IV
1.417,49
3,68
1.417,49 20.671,34
V
1.346,35
3,68
1.346,35 19.675,33
VI
1.300,64
3,68
1.300,64 19.035,62
VII
38,84
3,81
38,84 17.078,17
VIII
38,04
3,77
38,04 16.967,64
IX
37,83
3,68
36,49 16.334,76
cve: BOE-A-2020-7233
Verificable en https://www.boe.es
Nivel Salario base mes y día Complemento no salarial
Núm. 183
Viernes 3 de julio de 2020
Sec. III. Pág. 47247
Plus distancia: 0,18.
Jubilación:
A los 60 años: 6.690,20.
A los 61 años: 4.882,74.
A los 62 años: 3.597,81.
A los 63 años: 2.398,51.
Cláusula adicional:
De conformidad con lo dispuesto en el acta de fecha 22 de julio 1997,
continuará siendo de aplicación de manera transitoria, en todo lo que no se
oponga al acuerdo sobre materias concretas de fecha 11 de marzo de 1999, el
contenido normativo del Convenio colectivo para las industrias de cales y yesos de
Castellón y su provincia publicado en el «Boletín Oficial» de la provincia de
fecha 29 de agosto de 1996.
Ceuta
Salario base
mes
Nivel
Plus
residencia
mes
Plus
antig. Mes
Plus
asistencia día
Plus
transporte día
Pagas y
vacaciones
(cada 1)
II,III,IV
1.036,62
259,16
18,25
0,60
1,72
1.954,75
V y VI
1.022,92
255,73
18,25
0,60
1,72
1.929,08
VII
1.009,28
252,32
18,25
0,60
1,72
1.903,25
VIII
995,65
248,92
18,25
0,60
1,72
1.877,37
IX y X
981,89
245,48
18,25
0,60
1,72
1.851,57
XI
968,38
242,09
18,25
0,60
1,72
1.826,07
Dieta completa €/día: 55,30.
Media dieta €/día: 27,66.
Plus desgaste herramienta: 16,45.
Horas extraordinarias:
Nivel VI: 10,98.
Nivel VII y IX: 16,45.
Ciudad Real
Dos pagas y vacaciones
Total anual
(cada 1)
II
1.502,57
3,68
1.502,57 21.862,48
III
1.466,95
3,68
1.466,95 21.363,77
IV
1.417,49
3,68
1.417,49 20.671,34
V
1.346,35
3,68
1.346,35 19.675,33
VI
1.300,64
3,68
1.300,64 19.035,62
VII
38,84
3,81
38,84 17.078,17
VIII
38,04
3,77
38,04 16.967,64
IX
37,83
3,68
36,49 16.334,76
cve: BOE-A-2020-7233
Verificable en https://www.boe.es
Nivel Salario base mes y día Complemento no salarial