III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2020-7231)
Resolución de 19 de junio de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican la revisión salarial y tablas salariales definitivas para el año 2019 del Convenio colectivo general de ámbito estatal para el sector de entidades de seguros, reaseguros y mutuas colaboradoras con la Seguridad Social.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 183
Viernes 3 de julio de 2020
Sec. III. Pág. 47226
este real decreto los devengos a que se refiere el artículo 2, sin que en ningún caso
pueda considerarse una cuantía anual inferior a 12.600 euros.»
Por lo anterior, esta Comisión Paritaria viene a aclarar que el cómputo anual salarial
del nivel 9 es superior al salario mínimo interprofesional en cómputo anual, por lo que la
remuneración para dicho nivel es conforme con la citada normativa.
Finalmente, acuerdan las partes presentar ante la autoridad laboral competente las
tablas y conceptos económicos correspondientes al año 2019, hoy aprobados en
aplicación del Convenio colectivo, a efectos todo ello de su registro y consiguiente
depósito y publicación en el «Boletín Oficial del Estado», cuya solicitud a través de los
medios electrónicos habilitados, se realizará por la persona designada por esta Comisión
Mixta Paritaria, en el documento anexo a la presente acta.
También cuentan las partes con la delegación de ASECORE en UNESPA,
expresando su conformidad con los acuerdos adoptados en la reunión de hoy, según
documento que queda incorporado como anexo al acta.
En prueba de conformidad con cuanto antecede, se firman la presente acta y tablas
anexas por las respectivas representaciones–Por la representación empresarial,
UNESPA y AMAT.–Por la representación sindical, CC.OO. y UGT.
Tabla salarial definitiva 2019 (1,2%)
Sueldo base
Grupos
Niveles
Mensual
Grupo I.
Grupo II.
Grupo III.
Grupo IV.
Cómputo
anual x 15
Nivel 1
2.638,40
35.526,00
Nivel 2
2.003,25
30.048,75
Nivel 3
1.707,18
25.607,70
Nivel 4
1.460,52
21.907,80
Nivel 5
1.272,97
19.094,55
Nivel 6
1.105,22
16.578,30
Nivel 7
967,11
14.506,65
Nivel 8
848,69
12.730,35
Nivel 9
797,32
11.959,80
Grupos
Grupo II.
Grupo III.
Niveles
Importe anual*
(en 15 mensualidades)
Nivel 4
370,07
Nivel 5
281,24
Nivel 6
251,64
Nivel 7
207,27
Nivel 8
177,64
* Por el multiplicador correspondiente.
cve: BOE-A-2020-7231
Verificable en https://www.boe.es
Tabla de complemento por experiencia. Año 2019
Núm. 183
Viernes 3 de julio de 2020
Sec. III. Pág. 47226
este real decreto los devengos a que se refiere el artículo 2, sin que en ningún caso
pueda considerarse una cuantía anual inferior a 12.600 euros.»
Por lo anterior, esta Comisión Paritaria viene a aclarar que el cómputo anual salarial
del nivel 9 es superior al salario mínimo interprofesional en cómputo anual, por lo que la
remuneración para dicho nivel es conforme con la citada normativa.
Finalmente, acuerdan las partes presentar ante la autoridad laboral competente las
tablas y conceptos económicos correspondientes al año 2019, hoy aprobados en
aplicación del Convenio colectivo, a efectos todo ello de su registro y consiguiente
depósito y publicación en el «Boletín Oficial del Estado», cuya solicitud a través de los
medios electrónicos habilitados, se realizará por la persona designada por esta Comisión
Mixta Paritaria, en el documento anexo a la presente acta.
También cuentan las partes con la delegación de ASECORE en UNESPA,
expresando su conformidad con los acuerdos adoptados en la reunión de hoy, según
documento que queda incorporado como anexo al acta.
En prueba de conformidad con cuanto antecede, se firman la presente acta y tablas
anexas por las respectivas representaciones–Por la representación empresarial,
UNESPA y AMAT.–Por la representación sindical, CC.OO. y UGT.
Tabla salarial definitiva 2019 (1,2%)
Sueldo base
Grupos
Niveles
Mensual
Grupo I.
Grupo II.
Grupo III.
Grupo IV.
Cómputo
anual x 15
Nivel 1
2.638,40
35.526,00
Nivel 2
2.003,25
30.048,75
Nivel 3
1.707,18
25.607,70
Nivel 4
1.460,52
21.907,80
Nivel 5
1.272,97
19.094,55
Nivel 6
1.105,22
16.578,30
Nivel 7
967,11
14.506,65
Nivel 8
848,69
12.730,35
Nivel 9
797,32
11.959,80
Grupos
Grupo II.
Grupo III.
Niveles
Importe anual*
(en 15 mensualidades)
Nivel 4
370,07
Nivel 5
281,24
Nivel 6
251,64
Nivel 7
207,27
Nivel 8
177,64
* Por el multiplicador correspondiente.
cve: BOE-A-2020-7231
Verificable en https://www.boe.es
Tabla de complemento por experiencia. Año 2019