II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Fomento. (BOE-A-2020-7168)
Resolución de 18 de junio de 2020, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Fomento, especialidad Transporte Aéreo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 183
Viernes 3 de julio de 2020
Sec. II.B. Pág. 46820
2. Proceso selectivo
2.1 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición para
todos los aspirantes, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en
el anexo I, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición adicional primera, apartado 2,
de la Ley 1/2011, de 4 de marzo (BOE del 5), por la que se establece el Programa Estatal
de Seguridad Operacional para Aviación Civil y se modifica la Ley 21/2003, de 7 de julio,
de Seguridad Aérea.
2.2 Este proceso incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de
este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán
nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
2.3 El plazo máximo para la realización del primer ejercicio será de cuatro meses
contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria, teniendo la fase de
oposición, descrita en el anexo I, una duración máxima de cinco meses.
2.4 Las fechas de celebración de alguno de los ejercicios o del curso selectivo podrán
coincidir con las de otros procesos selectivos, sin que dicha coincidencia pueda suponer
causa de aplazamiento.
2.5 Se declara inhábil el mes de agosto a efectos del cómputo de los plazos recogidos
en la presente convocatoria.
3. Programas
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II de esta
convocatoria.
4. Titulación
4.1 Se requiere estar en posesión o cumplir los requisitos necesarios para obtener el
título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado a la fecha de finalización del plazo de
presentación de instancias.
4.2 Los aspirantes con titulaciones universitarias obtenidas en el extranjero deberán
estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del
correspondiente certificado de equivalencia a la fecha de finalización del plazo de
presentación de instancias. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que
hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las
profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
5. Requisitos específicos para el acceso por promoción interna
Los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna deberán cumplir,
además, los siguientes requisitos:
Pertenencia a Cuerpo o Categoría profesional:
– Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la
Administración General del Estado del Subgrupo A2 o a Cuerpos o Escalas Postales y
Telegráficos, adscritos al Subgrupo A2 o a Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 del resto
de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General
del Estado, o
– Pertenecer como personal laboral fijo a la categoría de Titulado Superior de
Actividades Técnicas y Profesionales del Convenio Único para el personal laboral de la
Administración General del Estado o categorías equivalentes de otros convenios de los
Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad
jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado o
categorías equivalentes fuera de convenio al servicio de la Administración General del
Estado, sus Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con
cve: BOE-A-2020-7168
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 183
Viernes 3 de julio de 2020
Sec. II.B. Pág. 46820
2. Proceso selectivo
2.1 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición para
todos los aspirantes, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en
el anexo I, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición adicional primera, apartado 2,
de la Ley 1/2011, de 4 de marzo (BOE del 5), por la que se establece el Programa Estatal
de Seguridad Operacional para Aviación Civil y se modifica la Ley 21/2003, de 7 de julio,
de Seguridad Aérea.
2.2 Este proceso incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de
este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán
nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
2.3 El plazo máximo para la realización del primer ejercicio será de cuatro meses
contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria, teniendo la fase de
oposición, descrita en el anexo I, una duración máxima de cinco meses.
2.4 Las fechas de celebración de alguno de los ejercicios o del curso selectivo podrán
coincidir con las de otros procesos selectivos, sin que dicha coincidencia pueda suponer
causa de aplazamiento.
2.5 Se declara inhábil el mes de agosto a efectos del cómputo de los plazos recogidos
en la presente convocatoria.
3. Programas
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II de esta
convocatoria.
4. Titulación
4.1 Se requiere estar en posesión o cumplir los requisitos necesarios para obtener el
título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado a la fecha de finalización del plazo de
presentación de instancias.
4.2 Los aspirantes con titulaciones universitarias obtenidas en el extranjero deberán
estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del
correspondiente certificado de equivalencia a la fecha de finalización del plazo de
presentación de instancias. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que
hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las
profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
5. Requisitos específicos para el acceso por promoción interna
Los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna deberán cumplir,
además, los siguientes requisitos:
Pertenencia a Cuerpo o Categoría profesional:
– Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la
Administración General del Estado del Subgrupo A2 o a Cuerpos o Escalas Postales y
Telegráficos, adscritos al Subgrupo A2 o a Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 del resto
de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General
del Estado, o
– Pertenecer como personal laboral fijo a la categoría de Titulado Superior de
Actividades Técnicas y Profesionales del Convenio Único para el personal laboral de la
Administración General del Estado o categorías equivalentes de otros convenios de los
Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad
jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado o
categorías equivalentes fuera de convenio al servicio de la Administración General del
Estado, sus Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con
cve: BOE-A-2020-7168
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