II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Cuerpo de Ingenieros Geógrafos. (BOE-A-2020-7167)
Resolución de 18 de junio de 2020, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Ingenieros Geógrafos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 183

Viernes 3 de julio de 2020

Sec. II.B. Pág. 46800

Se valorarán una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque se haya
repetido su participación, y se valorará únicamente el de nivel superior o avanzado. No se
valorarán los cursos que no acrediten las fechas de realización y las horas de duración.
Asimismo, no se valoraran los inferiores a quince horas lectivas, los pertenecientes a una
carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos selectivos y los diplomas
relativos a jornadas, seminarios, simposios y similares.
La documentación que acredite los cursos de formación a valorar, así como una
relación en la que aparezcan todos los cursos acreditados, se acompañará al certificado
de requisitos y méritos.
La puntuación final del concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, vendrá
determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los apartados
anteriores.
3. Curso selectivo: Consistirá en un periodo de formación de carácter teórico
organizado por la Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de conformidad con lo dispuesto en el Real
Decreto 953/2018, de 27 de julio.
Este curso irá dirigido a la adquisición de conocimientos propios del futuro desempeño
profesional y se iniciará en el plazo máximo de dos meses desde la finalización del plazo
de presentación de documentación de los aspirantes aprobados y tendrá una duración
máxima de tres meses.
La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo los aspirantes
dependerán directamente de la Subdirección General de Recursos Humanos, en virtud de
las atribuciones que, en materia de selección y formación, le atribuye a este órgano el Real
Decreto 953/2018, de 27 de julio.
El curso selectivo constará de distintos módulos relacionados con materias relativas,
entre otras, a administración y función pública, gestión administrativa y gestión económicofinanciera; y, en todo caso, incluirá los submódulos correspondientes a igualdad y violencia
de género.
El curso tendrá una valoración máxima de 50 puntos siendo necesario obtener al
menos 25 puntos en la parte teórica para superarlo.
Quienes no superen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como
funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a
propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada, para el sistema de
promoción interna, por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso,
de oposición y en el curso selectivo, y para el sistema general de acceso libre, por la suma
de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo.
En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1. Fase de oposición.
2. Cuarto ejercicio.
3. Tercer ejercicio.
4. Primer ejercicio.
5. Segundo ejercicio.

cve: BOE-A-2020-7167
Verificable en https://www.boe.es

b) Superación de procesos selectivos para adquirir la condición de personal laboral
fijo: por cada proceso selectivo 2 puntos con un máximo de 4 puntos.
c) Experiencia como personal interino o temporal en la Administración General del
Estado, en funciones idénticas o análogas a las del Cuerpo de Ingenieros Geógrafos. Se
otorgará un punto por cada año trabajado, hasta un máximo de 5 puntos. La forma de
acreditación será mediante el anexo V y certificado de funciones realizadas expedida por
el responsable de la unidad administrativa en la que hubiera prestados sus servicios.
d) Cursos de formación y perfeccionamiento realizados. Se otorgará a cada
aspirante 0,5 puntos, hasta un máximo de 4 puntos, por cada curso de formación y
perfeccionamiento realizado, siempre que se refiera, a juicio del Tribunal a materias
relacionadas con las funciones propias del Cuerpo objeto de esta convocatoria.