III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2020-7068)
Resolución de 25 de junio de 2020, del Consorcio Casa Árabe, por la que se publica el Convenio con la Universidad Autónoma de Madrid, para la realización de prácticas externas (curriculares y extracurriculares).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 2 de julio de 2020
Sec. III. Pág. 46207
ANEXO
Convenio para la realización de prácticas externas curriculares entre la
Universidad Autónoma de Madrid y Casa Árabe
En Madrid, a ..... de ........……….... de 2020.
I. Casa Árabe, durante el curso académico ...................., acogerá en régimen de
prácticas externas curriculares al estudiante abajo consignado, según los términos del
Convenio para la realización de prácticas externas curriculares de fecha .....
de ............................. de .......... del que el presente documento es Anexo inseparable.
II. Las partes acuerdan someterse a lo establecido en el Real Decreto 1393/2007,
de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias
oficiales, en el Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el
Estatuto del Estudiante Universitario y en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el
que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
Asimismo el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los
términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de
las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en
la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización,
adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social, establece los términos y
condiciones para la inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las
personas que participen en programas de formación financiados por entidades u
organismos públicos o privados, siendo igualmente de aplicación la Disposición adicional
vigesimosexta la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes
para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia. A este respecto el estudiante
declara tener conocimiento de los términos del Convenio para la realización de prácticas
externas curriculares y asumirlos en la formulación y contenido convenidos.
III. Especialmente, el estudiante se compromete a: cumplir con los horarios, normas
y reglamentos establecidos en Casa Árabe.
– Avisar a Casa Árabe con antelación suficiente de la ausencia debida al desempeño
de actividades de representación y participación en la Universidad.
– Avisar tanto a Casa Árabe como al tutor académico en caso de ausencia y/o
incidencia relevante en el desarrollo de las prácticas en el momento que se produzca.
– Guardar el secreto sobre la información a la que tuviere acceso, durante su
estancia y una vez finalizada ésta.
IV. El tutor profesional se compromete a:
– Acoger al estudiante y organizar la actividad a desarrollar con arreglo a lo
establecido en el proyecto formativo.
– Supervisar, orientar y controlar el desarrollo de las prácticas con una relación
basada en el respeto mutuo y el compromiso con el aprendizaje y prestar ayuda al
estudiante en la resolución de las cuestiones de carácter profesional que pueda
necesitar en el desempeño de la actividad que realiza.
– Informar al estudiante de la organización y funcionamiento de la entidad y de la
normativa de interés, especialmente la relativa a la seguridad y riesgos laborales.
– Coordinar con el tutor académico de la Universidad el desarrollo de las actividades
establecidas en el Convenio para la realización de prácticas externas curriculares.
– Emitir el informe final y en su caso, el de seguimiento intermedio. El informe final
deberá recoger el número de horas realizado por el estudiante.
– Proporcionar la información complementaria que precise el estudiante para la
realización de las prácticas.
– Proporcionar al estudiante los medios materiales indispensables para el desarrollo
de las prácticas y estimular el emprendimiento del mismo.
cve: BOE-A-2020-7068
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 182
Jueves 2 de julio de 2020
Sec. III. Pág. 46207
ANEXO
Convenio para la realización de prácticas externas curriculares entre la
Universidad Autónoma de Madrid y Casa Árabe
En Madrid, a ..... de ........……….... de 2020.
I. Casa Árabe, durante el curso académico ...................., acogerá en régimen de
prácticas externas curriculares al estudiante abajo consignado, según los términos del
Convenio para la realización de prácticas externas curriculares de fecha .....
de ............................. de .......... del que el presente documento es Anexo inseparable.
II. Las partes acuerdan someterse a lo establecido en el Real Decreto 1393/2007,
de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias
oficiales, en el Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el
Estatuto del Estudiante Universitario y en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el
que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
Asimismo el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los
términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de
las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en
la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización,
adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social, establece los términos y
condiciones para la inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las
personas que participen en programas de formación financiados por entidades u
organismos públicos o privados, siendo igualmente de aplicación la Disposición adicional
vigesimosexta la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes
para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia. A este respecto el estudiante
declara tener conocimiento de los términos del Convenio para la realización de prácticas
externas curriculares y asumirlos en la formulación y contenido convenidos.
III. Especialmente, el estudiante se compromete a: cumplir con los horarios, normas
y reglamentos establecidos en Casa Árabe.
– Avisar a Casa Árabe con antelación suficiente de la ausencia debida al desempeño
de actividades de representación y participación en la Universidad.
– Avisar tanto a Casa Árabe como al tutor académico en caso de ausencia y/o
incidencia relevante en el desarrollo de las prácticas en el momento que se produzca.
– Guardar el secreto sobre la información a la que tuviere acceso, durante su
estancia y una vez finalizada ésta.
IV. El tutor profesional se compromete a:
– Acoger al estudiante y organizar la actividad a desarrollar con arreglo a lo
establecido en el proyecto formativo.
– Supervisar, orientar y controlar el desarrollo de las prácticas con una relación
basada en el respeto mutuo y el compromiso con el aprendizaje y prestar ayuda al
estudiante en la resolución de las cuestiones de carácter profesional que pueda
necesitar en el desempeño de la actividad que realiza.
– Informar al estudiante de la organización y funcionamiento de la entidad y de la
normativa de interés, especialmente la relativa a la seguridad y riesgos laborales.
– Coordinar con el tutor académico de la Universidad el desarrollo de las actividades
establecidas en el Convenio para la realización de prácticas externas curriculares.
– Emitir el informe final y en su caso, el de seguimiento intermedio. El informe final
deberá recoger el número de horas realizado por el estudiante.
– Proporcionar la información complementaria que precise el estudiante para la
realización de las prácticas.
– Proporcionar al estudiante los medios materiales indispensables para el desarrollo
de las prácticas y estimular el emprendimiento del mismo.
cve: BOE-A-2020-7068
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Núm. 182