III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2020-7107)
Resolución de 22 de junio de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., y la Fundación EOI, F.S.P., para el desarrollo de las actividades de los planes de trabajo del Centro de Referencia Nacional de Comercio Electrónico y Marketing Digital en el ámbito de la formación profesional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 182
Jueves 2 de julio de 2020
Sec. III. Pág. 46528
Anualmente, y de acuerdo con la normativa aplicable, se aprobará un Plan de
Trabajo anual del Centro en el que se concretarán las actuaciones a realizar y la
aportación económica del Ministerio de Educación y Formación Profesional y el Servicio
Público de Empleo Estatal del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social,
financiada a través de subvenciones de concesión directa.
Séptimo.
Que con fecha 19 de junio de 2019, se ha suscrito el Convenio entre el Servicio
Público de Empleo Estatal, el Ministerio de Educación y Formación Profesional, la
entidad pública empresarial Red.es, M.P., y la Fundación EOI F.S.P, por el que se
aprueba el Plan de Actuación Plurianual 2019-2022 del Centro de Referencia Nacional
de Comercio Electrónico y Marketing Digital en el Ámbito de la Formación Profesional.
En dicho Convenio se establece el Plan de Actuación Plurianual 2019-2022 y se
describen los objetivos prioritarios del Centro de Referencia Nacional de Comercio
Electrónico y Marketing Digital.
Octavo.
Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, las partes acuerdan suscribir el
presente Convenio para dar continuidad al marco de colaboración para el desarrollo de
las actividades de los planes de trabajo del Centro de Referencia Nacional de Comercio
Electrónico y Marketing Digital en el ámbito de la formación profesional, de acuerdo con
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El objeto del presente Convenio es fijar las condiciones que determinan la
colaboración entre las partes para el desarrollo de las actividades de los planes de
trabajo del Centro de Referencia Nacional de comercio electrónico y marketing digital en
el ámbito de la formación profesional (en adelante, CRN).
Segunda. Naturaleza y Régimen Jurídico.
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y se encuadra dentro de los
establecidos en el artículo 47.2 b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, quedando sometido al régimen jurídico de Convenios
previsto en el Capítulo VI del Título Preliminar de la citada Ley.
Tercera.
Obligaciones de las partes.
a) Elaborar una propuesta de plan de trabajo anual en el que se establezcan las
actuaciones a realizar durante el año en el marco del CRN.
b) Desarrollar las actuaciones que correspondan a cada parte en el marco del plan
de trabajo anual conforme a la normativa de contratación que le aplique.
c) Justificar la ejecución de las actuaciones que haya desarrollado cada parte
derivadas del plan de trabajo, al Ministerio de Educación y Formación Profesional y el
Servicio Público de Empleo Estatal del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad
Social.
d) Gestionar de forma colegiada la actividad del CRN.
e) Actuar como cotitulares del registro de la marca CRN Digital y de cualquier otra
que se establezca para el Centro, así como del dominio correspondiente.
cve: BOE-A-2020-7107
Verificable en https://www.boe.es
Ambas partes asumen, con carácter general, las siguientes obligaciones:
Núm. 182
Jueves 2 de julio de 2020
Sec. III. Pág. 46528
Anualmente, y de acuerdo con la normativa aplicable, se aprobará un Plan de
Trabajo anual del Centro en el que se concretarán las actuaciones a realizar y la
aportación económica del Ministerio de Educación y Formación Profesional y el Servicio
Público de Empleo Estatal del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social,
financiada a través de subvenciones de concesión directa.
Séptimo.
Que con fecha 19 de junio de 2019, se ha suscrito el Convenio entre el Servicio
Público de Empleo Estatal, el Ministerio de Educación y Formación Profesional, la
entidad pública empresarial Red.es, M.P., y la Fundación EOI F.S.P, por el que se
aprueba el Plan de Actuación Plurianual 2019-2022 del Centro de Referencia Nacional
de Comercio Electrónico y Marketing Digital en el Ámbito de la Formación Profesional.
En dicho Convenio se establece el Plan de Actuación Plurianual 2019-2022 y se
describen los objetivos prioritarios del Centro de Referencia Nacional de Comercio
Electrónico y Marketing Digital.
Octavo.
Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, las partes acuerdan suscribir el
presente Convenio para dar continuidad al marco de colaboración para el desarrollo de
las actividades de los planes de trabajo del Centro de Referencia Nacional de Comercio
Electrónico y Marketing Digital en el ámbito de la formación profesional, de acuerdo con
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El objeto del presente Convenio es fijar las condiciones que determinan la
colaboración entre las partes para el desarrollo de las actividades de los planes de
trabajo del Centro de Referencia Nacional de comercio electrónico y marketing digital en
el ámbito de la formación profesional (en adelante, CRN).
Segunda. Naturaleza y Régimen Jurídico.
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y se encuadra dentro de los
establecidos en el artículo 47.2 b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, quedando sometido al régimen jurídico de Convenios
previsto en el Capítulo VI del Título Preliminar de la citada Ley.
Tercera.
Obligaciones de las partes.
a) Elaborar una propuesta de plan de trabajo anual en el que se establezcan las
actuaciones a realizar durante el año en el marco del CRN.
b) Desarrollar las actuaciones que correspondan a cada parte en el marco del plan
de trabajo anual conforme a la normativa de contratación que le aplique.
c) Justificar la ejecución de las actuaciones que haya desarrollado cada parte
derivadas del plan de trabajo, al Ministerio de Educación y Formación Profesional y el
Servicio Público de Empleo Estatal del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad
Social.
d) Gestionar de forma colegiada la actividad del CRN.
e) Actuar como cotitulares del registro de la marca CRN Digital y de cualquier otra
que se establezca para el Centro, así como del dominio correspondiente.
cve: BOE-A-2020-7107
Verificable en https://www.boe.es
Ambas partes asumen, con carácter general, las siguientes obligaciones: