III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2020-7104)
Resolución de 22 de junio de 2020, de la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria, por la que se publica el Convenio de encomienda de gestión a la Universidad Complutense de Madrid, para la realización de trabajos relacionados con el programa nacional de erradicación de la tuberculosis en especies domésticas y el plan de actuación frente a tuberculosis en especies silvestres.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 182

Jueves 2 de julio de 2020

Sec. III. Pág. 46481

Noveno.
Que, de conformidad con el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, esta encomienda se formaliza mediante Convenio.
En su virtud, ambas partes acuerdan la suscripción del presente Convenio, de
conformidad y con sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto de este Convenio de encomienda de gestión es la realización de
actividades para la adaptación del Programa Nacional de Erradicación de la
Tuberculosis, incluido el Plan de Actuación frente a Tuberculosis en Especies Silvestres
(PATUBES), a la nueva normativa comunitaria en desarrollo. Todo ello para alcanzar un
adecuado estatus sanitario en el ganado y mejorar de esta forma la sanidad de la
cabaña ganadera. Este Convenio de encomienda se produce al carecer el MAPA de los
medios técnicos y humanos idóneos para esta finalidad. El encargo de las tareas
incluidas no implica suplantación de los recursos humanos del órgano administrativo. Las
actividades objeto del Convenio de encomienda se realizarán en las instalaciones de
VISAVET y en localizaciones de campo. Estos trabajos no implicarán, en ningún caso,
cesión de la titularidad de la competencia, siendo responsabilidad del MAPA dictar
cuantos actos o resoluciones sean necesarios para las actividades objeto del Convenio
de encomienda.
VISAVET realizará las actividades técnicas citadas según el Plan de Trabajo que se
recoge en el Anexo 2 del presente Convenio de encomienda de gestión.
Segunda.

Actuaciones de la UCM.

Realizar todos los trabajos de campo y gabinete así como la recolección de toda la
información que resulte de los trabajos y el mantenimiento de las bases de datos
generadas con esta información.
Elaborar los informes que resulten precisos, incluidos los anuales según el Anexo 1,
durante el período de duración del Convenio, con los datos, resultados y conclusiones
finales de las actividades y análisis realizados, que serán remitidos a la Subdirección
General de Sanidad e Higiene Animal y Trazabilidad del MAPA, en el plazo más breve
posible tras su finalización, y siempre dentro de los plazos establecidos en el Anexo 2.
Asimismo, elaboración de los informes según las actividades descritas en la tabla 1
incluida en el anexo 1, con el resumen de los datos, resultados y conclusiones, y remitirlo
a la Subdirección General de Sanidad e Higiene Animal y Trazabilidad del MAPA.
En el caso de publicaciones relacionadas con los trabajos realizados en el marco de
la presente encomienda, se contará previamente con el visto bueno de la Subdirección
General de Sanidad e Higiene Animal y Trazabilidad y se hará constar en la misma la
participación conjunta en los trabajos de la Subdirección General de Sanidad e Higiene
Animal y Trazabilidad del MAPA y VISAVET.
Prestar asistencia técnica, a requerimiento de la Subdirección General de Sanidad e
Higiene Animal y Trazabilidad del MAPA y en colaboración con la misma, en materias
relacionadas con las actividades incluidas en el presente Convenio.

cve: BOE-A-2020-7104
Verificable en https://www.boe.es

La UCM, a través de VISAVET, se compromete a realizar las siguientes actuaciones: