III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2020-7125)
Resolución de 18 de junio de 2020, del Consorcio Centro Nacional de Investigación sobre la Evolución Humana, por la que se publica el Convenio con la Fundación Caja de Burgos y la Fundación Bancaria "la Caixa", para la difusión del conocimiento sobre evolución humana y el fomento de vocaciones científicas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 182

Jueves 2 de julio de 2020

Sec. III. Pág. 46638

– Respecto a CENIEH: protecciondedatos@cenieh.es.
Los deberes de secreto y no difusión subsistirán incluso después de finalizado este
Convenio.
Queda expresamente convenido que todos los datos o información que el CENIEH a
la Fundación Bancaria «la Caixa» y a Fundación Caja de Burgos en relación con el
proyecto o programa objeto de este Convenio serán datos disociados, es decir, aquellos
que no permiten la identificación de persona física alguna y, por tanto, estarán excluidos
de la aplicación de la normativa de protección de datos. En particular, mantendrá
informadas a la Fundación Bancaria «la Caixa» y a la Fundación Caja de Burgos de la
evolución del proyecto mediante datos de carácter cuantitativo, numérico y/o porcentual.
Sin perjuicio de lo anterior, el CENIEH declara que cumplirá, bajo su única y total
responsabilidad, con todas las obligaciones que le sean exigibles en aplicación de la
normativa de Protección de Datos de Carácter Personal. Asimismo, se compromete a
aplicar las medidas de seguridad necesarias, manteniendo indemne a la Fundación
Bancaria «la Caixa» y a la Fundación Caja de Burgos de cualesquiera indemnizaciones
y/o sanciones reclamadas por cualquier tercero, incluidas las autoridades y organismos
competentes.
Sexta.

Difusión.

El CENIEH, previo consenso con la Fundación Bancaria «la Caixa» y con la
Fundación Caja de Burgos, se compromete a difundir la colaboración de las mismas, en
los documentos y actos de difusión de las actividades realizadas en el marco del
presento convenio, así como en su Memoria Anual, y en todos aquellos materiales que
se acuerde en el seno de la Comisión de Seguimiento. La Fundación Bancaria «la
Caixa» y la Fundación Caja de Burgos deberán aprobar previamente, en su caso, la
utilización de su imagen corporativa y el uso de sus signos distintivos, así como el
alcance de su posible participación en actos o actividades de carácter público.
Séptima.

Modificación del convenio.

El presente Convenio podrá ser modificado por imperativo legal o por acuerdo
expreso y unánime de las partes firmantes, que se instrumentará mediante la suscripción
de la correspondiente adenda modificativa siguiendo los procedimientos que exija la
normativa vigente. Las modificaciones entrarán en vigor en el momento de su inscripción
en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal y publicación en el BOE, y los documentos acreditativos de tales
variaciones serán anexados a este Convenio como partes integrantes del mismo.
Octava. Vigencia del convenio.

Novena. Causas de extinción y resolución.
De acuerdo con lo previsto en el apartado 1 del artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, el presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones
que constituyen su objeto.
Serán causas de resolución anticipada del presente Convenio de acuerdo con el
artículo 51 de la Ley 40/2015, las siguientes:

cve: BOE-A-2020-7125
Verificable en https://www.boe.es

La vigencia del presente Convenio se extenderá desde la inscripción en el
correspondiente Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación
del sector público estatal y su publicación en el Boletín Oficial del Estado, hasta que las
obligaciones que resulten del mismo para ambas partes se hayan cumplido, y
estableciendo como fecha límite el 31 de enero de 2021.