III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2020-7072)
Resolución de 14 de febrero de 2020, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Albacete n.º 1 a la inscripción de una escritura pública de obra nueva en construcción.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 182
Jueves 2 de julio de 2020
Sec. III. Pág. 46236
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
7072
Resolución de 14 de febrero de 2020, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la
registradora de la propiedad de Albacete n.º 1 a la inscripción de una
escritura pública de obra nueva en construcción.
En el recurso interpuesto por don Martín Alfonso Palomino Márquez, notario de
Albacete, contra la negativa de la registradora de la Propiedad de Albacete número 1,
doña María de los Dolores Payá y Roca de Togores, a la inscripción de una escritura
pública de obra nueva en construcción.
Hechos
I
El día 18 de octubre de 2019, el notario de Albacete, Martín Alfonso Palomino
Márquez, autorizó una escritura pública de obra nueva en construcción con el
número 1.543 de protocolo. En dicha escritura se procedió a la declaración de obra
nueva en construcción y, con carácter previo a la misma, se modificó la descripción de la
finca registral como consecuencia de la demolición de la vivienda unifamiliar existente en
la misma, pasando a describirse la finca registral número 16.986 del Registro de la
Propiedad de Albacete número 1 como «solar procedente de la demolición (…)».
II
Presentada dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Albacete número 1, fue
objeto de la siguiente nota de calificación:
«Entrada N.º: 5281 del año: 2019.
Asiento N.º: 488 Diario: 157.
Presentado el 18/10/2019 a las 14:55.
Presentante: L. G., F. J.
Interesados: don P. R. C., doña V. R. B.
Naturaleza: Escritura pública.
Objeto: obra nueva en construcción.
Protocolo N.º: 1543/2019 de 18/10/2019.
Notario: Martín Alfonso Palomino Márquez, Albacete.
1. No se aporta la correspondiente licencia de demolición de la casa descrita sita en
la finca registral 16.986/3.ª
En base a los siguientes:
Hechos.
1. En el precedente documento los cónyuges don P. R. C. y doña V. R. B. dueños
de la finca registral 16.986/3.ª sobre el solar resultante de la demolición de la antigua
casa existente, debido a un exceso de cabida según reciente medición, solicitan la
incoación del procedimiento previsto en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria para
cve: BOE-A-2020-7072
Verificable en https://www.boe.es
Previa calificación jurídica del precedente documento, en los términos a que se
refiere el artículo 18 y demás aplicables de la Ley Hipotecaria, en el día de hoy, se
suspende las inscripciones solicitadas, por el siguiente defecto:
Núm. 182
Jueves 2 de julio de 2020
Sec. III. Pág. 46236
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
7072
Resolución de 14 de febrero de 2020, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la
registradora de la propiedad de Albacete n.º 1 a la inscripción de una
escritura pública de obra nueva en construcción.
En el recurso interpuesto por don Martín Alfonso Palomino Márquez, notario de
Albacete, contra la negativa de la registradora de la Propiedad de Albacete número 1,
doña María de los Dolores Payá y Roca de Togores, a la inscripción de una escritura
pública de obra nueva en construcción.
Hechos
I
El día 18 de octubre de 2019, el notario de Albacete, Martín Alfonso Palomino
Márquez, autorizó una escritura pública de obra nueva en construcción con el
número 1.543 de protocolo. En dicha escritura se procedió a la declaración de obra
nueva en construcción y, con carácter previo a la misma, se modificó la descripción de la
finca registral como consecuencia de la demolición de la vivienda unifamiliar existente en
la misma, pasando a describirse la finca registral número 16.986 del Registro de la
Propiedad de Albacete número 1 como «solar procedente de la demolición (…)».
II
Presentada dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Albacete número 1, fue
objeto de la siguiente nota de calificación:
«Entrada N.º: 5281 del año: 2019.
Asiento N.º: 488 Diario: 157.
Presentado el 18/10/2019 a las 14:55.
Presentante: L. G., F. J.
Interesados: don P. R. C., doña V. R. B.
Naturaleza: Escritura pública.
Objeto: obra nueva en construcción.
Protocolo N.º: 1543/2019 de 18/10/2019.
Notario: Martín Alfonso Palomino Márquez, Albacete.
1. No se aporta la correspondiente licencia de demolición de la casa descrita sita en
la finca registral 16.986/3.ª
En base a los siguientes:
Hechos.
1. En el precedente documento los cónyuges don P. R. C. y doña V. R. B. dueños
de la finca registral 16.986/3.ª sobre el solar resultante de la demolición de la antigua
casa existente, debido a un exceso de cabida según reciente medición, solicitan la
incoación del procedimiento previsto en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria para
cve: BOE-A-2020-7072
Verificable en https://www.boe.es
Previa calificación jurídica del precedente documento, en los términos a que se
refiere el artículo 18 y demás aplicables de la Ley Hipotecaria, en el día de hoy, se
suspende las inscripciones solicitadas, por el siguiente defecto: