II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. Especialidades sanitarias. (BOE-A-2020-7002)
Resolución 228/2020, de 7 de febrero, de la Dirección Gerencia de la Organización Sanitaria Integrada Bilbao-Basurto, por la que se convoca concurso para la provisión de puesto de trabajo de Jefe de Sección Sanitario de Aparato Digestivo (Endoscopia).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181

Miércoles 1 de julio de 2020

Sec. II.B. Pág. 45985

Todos los miembros de la Comisión de Valoración pertenecerán a la misma a título
individual. En su funcionamiento, serán independientes y actuarán amparados por la
discrecionalidad técnica, sin perjuicio de su sometimiento a derecho.
La composición de la Comisión de Valoración responderá al principio de presencia
equilibrada de mujeres y hombres, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 4/2005, de 18 de
febrero, para la igualdad de mujeres y hombres, siempre que las circunstancias lo
permitan, considerándose que existe una representación equilibrada cuando cada sexo
esté representado al menos al cuarenta por ciento.
Los miembros de la Comisión deberán abstenerse de actuar, notificándolo a la
autoridad convocante, cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias
contempladas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público. En los mismos supuestos, las personas interesadas podrán, en
cualquier momento, promover recusación, de conformidad con lo establecido en el
artículo 24 del citado texto legal. Asimismo, la Comisión de Valoración ajustará su
actuación a las reglas determinadas en los artículos 15 y siguientes de la citada
Ley 40/2015.
Todos los miembros de la Comisión participarán con voz y voto y los acuerdos, que
deberán ser recogidos en acta, se tomarán por mayoría de votos.
La Comisión actuará con plena autonomía funcional, velando por la legalidad del
procedimiento y siendo responsable de garantizar su objetividad. Asimismo, resolverá
todas las dudas que surjan en la aplicación de las bases de la convocatoria,
estableciendo los criterios que deban adoptarse en relación con los supuestos no
previstos en ellas. Además, deberá recoger en acta, previamente a la evaluación de las
personas aspirantes, los criterios específicos de evaluación siguiendo las bases y el
baremo de méritos recogido en las mismas.
7.

Convocatoria a las personas aspirantes

Para la defensa pública del proyecto las personas aspirantes serán convocadas con
una antelación mínima de 10 días. En la convocatoria se indicará la fecha, lugar y hora
de la intervención, publicándose un anuncio de la misma en la página web de
Osakidetza.
La Comisión de Valoración, con carácter previo a la defensa pública de los proyectos,
comprobará el cumplimiento de los requisitos por parte de las personas aspirantes, así
como la ausencia de causas de Abstención y Recusación que recogen los artículos 23
y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Posteriormente se procederá a efectuar el llamamiento individual de cada una de las
personas aspirantes para que realice la exposición y defensa del proyecto, seguida de
una entrevista mediante la cual los miembros de la Comisión de Valoración efectuarán
preguntas acerca de aspectos contenidos en la misma para una mayor aclaración o
profundización. Tanto la exposición y defensa del proyecto como la entrevista serán
públicas.
Finalizada la exposición pública de las personas aspirantes, la Comisión de
Valoración procederá a puntuar a cada persona aspirante, de conformidad con lo previsto
en las bases de la convocatoria.
Valoración de méritos

La Comisión de valoración realizará la valoración y puntuación de los méritos de
cada una de las personas aspirantes, de conformidad con lo previsto en las bases de la
convocatoria.
En ningún caso podrán valorarse méritos que no se ostenten a la fecha de
publicación de la presente Resolución de convocatoria en BOPV, ni tampoco los que no
hubieran sido debidamente alegados y acreditados antes de finalizar el plazo de
presentación de solicitudes.

cve: BOE-A-2020-7002
Verificable en https://www.boe.es

8.