III. Otras disposiciones. CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR. Convenios. (BOE-A-2020-7034)
Resolución de 22 de junio de 2020, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se publica el Convenio con Tecnatom, SA, para participar en el Programa Internacional "Code Applications and Maintenance Program".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181
Miércoles 1 de julio de 2020
Sec. III. Pág. 46101
Por todo ello, las Partes convienen en formalizar el presente Convenio con sujeción a
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objetivo general de este Convenio es la realización del Proyecto titulado
«Colaboración CSN-Tecnatom para la Participación en el Programa Internacional Code
Applications and Maintenance Program (CAMP) de la USNRC».
El presente Convenio establece los términos y condiciones en que las Partes
colaborarán en la ejecución y desarrollo del programa CAMP. El alcance de las
actividades que se considera necesario realizar para alcanzar este objetivo se detalla en
la Memoria Técnica que se adjunta a este Convenio como Anexo 1.
Los objetivos y el alcance del programa CAMP quedan recogidos en el acuerdo
bilateral firmado por el CSN y la USNRC, que queda integrado en este Convenio como
Anexo 3(1) al mismo.
(1)
El anexo 3 hace referencia al Acuerdo CSN-USNRC para la participación en el Programa CAMP (Code
Applications and Maintenance Program), firmado en Madrid el 2 de abril de 2018 entre el CSN y la USNRC.
Segunda.
Vigencia y prórroga.
El presente Convenio entrará en vigor en la fecha de su firma, y estará vigente
durante el período de vigencia del acuerdo CAMP entre el CSN y la USNRC, hasta el 2
de abril de 2022.
No obstante, el Convenio podrá ser objeto de modificación o prórroga por mutuo
acuerdo de las Partes si fuera necesario rectificar las actividades acordadas o variar su
plazo de ejecución. En este caso, se formalizará la oportuna Cláusula Adicional con las
condiciones de la prórroga o modificación. No obstante, la prórroga solo podrá
celebrarse siempre y cuando se encuentre vigente el Acuerdo bilateral CSN-USNRC
para el programa CAMP que se acompaña como Anexo 3 al presente Convenio y deberá
ajustarse a los límites temporales establecidos en el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Tercera.
Obligaciones de las partes.
– Aportar la cuota de participación de España en el programa CAMP mientras dure
dicha participación.
– Designar al Administrador del acuerdo bilateral con la NRC.
– Facilitar la participación de expertos representantes de Tecnatom en los grupos y
reuniones que se constituyan o celebren dentro del programa CAMP, incluidas las
reuniones del Comité Técnico del programa CAMP que se describe en el acuerdo
bilateral que se incluye como Anexo 3.
– Proporcionar a Tecnatom acceso al código TRACE (incluido el código PARCS), el
código RELAP5 y la interfase gráfica SNAP, y toda la documentación asociada a los
mismos, así como cualquier actualización de los códigos o de la documentación que la
USNRC realice durante la vigencia de este Convenio.
Son obligaciones de Tecnatom dentro de este Convenio:
– Participar en el cumplimiento de los objetivos del programa CAMP, en la forma en
que se describen en el Anexo 3, y someterse al cumplimiento de las condiciones del
mismo que le apliquen y que igualmente se describen en el Anexo 3.
cve: BOE-A-2020-7034
Verificable en https://www.boe.es
Son obligaciones del CSN dentro de este Convenio:
Núm. 181
Miércoles 1 de julio de 2020
Sec. III. Pág. 46101
Por todo ello, las Partes convienen en formalizar el presente Convenio con sujeción a
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objetivo general de este Convenio es la realización del Proyecto titulado
«Colaboración CSN-Tecnatom para la Participación en el Programa Internacional Code
Applications and Maintenance Program (CAMP) de la USNRC».
El presente Convenio establece los términos y condiciones en que las Partes
colaborarán en la ejecución y desarrollo del programa CAMP. El alcance de las
actividades que se considera necesario realizar para alcanzar este objetivo se detalla en
la Memoria Técnica que se adjunta a este Convenio como Anexo 1.
Los objetivos y el alcance del programa CAMP quedan recogidos en el acuerdo
bilateral firmado por el CSN y la USNRC, que queda integrado en este Convenio como
Anexo 3(1) al mismo.
(1)
El anexo 3 hace referencia al Acuerdo CSN-USNRC para la participación en el Programa CAMP (Code
Applications and Maintenance Program), firmado en Madrid el 2 de abril de 2018 entre el CSN y la USNRC.
Segunda.
Vigencia y prórroga.
El presente Convenio entrará en vigor en la fecha de su firma, y estará vigente
durante el período de vigencia del acuerdo CAMP entre el CSN y la USNRC, hasta el 2
de abril de 2022.
No obstante, el Convenio podrá ser objeto de modificación o prórroga por mutuo
acuerdo de las Partes si fuera necesario rectificar las actividades acordadas o variar su
plazo de ejecución. En este caso, se formalizará la oportuna Cláusula Adicional con las
condiciones de la prórroga o modificación. No obstante, la prórroga solo podrá
celebrarse siempre y cuando se encuentre vigente el Acuerdo bilateral CSN-USNRC
para el programa CAMP que se acompaña como Anexo 3 al presente Convenio y deberá
ajustarse a los límites temporales establecidos en el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Tercera.
Obligaciones de las partes.
– Aportar la cuota de participación de España en el programa CAMP mientras dure
dicha participación.
– Designar al Administrador del acuerdo bilateral con la NRC.
– Facilitar la participación de expertos representantes de Tecnatom en los grupos y
reuniones que se constituyan o celebren dentro del programa CAMP, incluidas las
reuniones del Comité Técnico del programa CAMP que se describe en el acuerdo
bilateral que se incluye como Anexo 3.
– Proporcionar a Tecnatom acceso al código TRACE (incluido el código PARCS), el
código RELAP5 y la interfase gráfica SNAP, y toda la documentación asociada a los
mismos, así como cualquier actualización de los códigos o de la documentación que la
USNRC realice durante la vigencia de este Convenio.
Son obligaciones de Tecnatom dentro de este Convenio:
– Participar en el cumplimiento de los objetivos del programa CAMP, en la forma en
que se describen en el Anexo 3, y someterse al cumplimiento de las condiciones del
mismo que le apliquen y que igualmente se describen en el Anexo 3.
cve: BOE-A-2020-7034
Verificable en https://www.boe.es
Son obligaciones del CSN dentro de este Convenio: