II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. Especialidades sanitarias. (BOE-A-2020-6998)
Resolución 141/2020, de 28 de enero, de la Dirección Gerencia de la Organización Sanitaria Integrada Barrualde-Galdakao, por la que se convoca concurso para la provisión de puesto de trabajo de Jefe de Sección de Neurología.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 1 de julio de 2020

Sec. II.B. Pág. 45950

Por cada miembro titular de la Comisión se nombrará un suplente que actuará en su
ausencia, el cual deberá reunir los mismos requisitos que los establecidos para los
miembros titulares.
Para el supuesto de inexistencia en la OSI Barrualde-Galdakao de alguno/a de los
miembros de la Comisión antes citados, podrá ser designado/a para la misma el/la
equivalente de cualquier otra organización de servicios de Osakidetza.
5.3 Todos los miembros de la Comisión pertenecerán a la misma a título individual,
siendo independientes y actuando amparados por la discrecionalidad técnica, sin
perjuicio de su sometimiento a derecho.
La composición de la Comisión responderá al principio de presencia equilibrada de
mujeres y hombres, conforme a las previsiones contenidas en la Ley 4/2005, para la
Igualdad de Mujeres y Hombres, siempre que las circunstancias lo permitan,
considerándose que existe una representación equilibrada siempre que cada sexo este
representado al menos al cuarenta por ciento.
5.4 Las personas que integren la Comisión deberán abstenerse de actuar,
notificándolo a la autoridad convocante, cuando concurra en las mismas, alguna de las
circunstancias contempladas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público. En los mismos supuestos, personas participantes
en el proceso podrán, en cualquier momento, promover recusación, de conformidad con
lo establecido en el artículo 24 del citado texto legal. Así mismo, la Comisión de
Valoración ajustará su actuación a las reglas determinadas en los Artículos 15 a 18 de la
precitada Ley.
5.5 Todas las personas miembros de la Comisión de Valoración tendrán voz y voto,
siendo los acuerdos de la misma adoptados por mayoría de votos y recogidos en un Acta
dictada al efecto.
5.6 La Comisión actuará con plena autonomía funcional, velando por la legalidad
del procedimiento y siendo responsable de garantizar su objetividad. Así mismo,
resolverá todas las dudas que surjan en la aplicación de las bases de la Convocatoria,
estableciendo los criterios que deban adoptarse en relación con los supuestos no
previstos en ella. Además, se deberán recoger en Acta, previamente a la evaluación de
las personas aspirantes, los criterios específicos de evaluación siguiendo las bases y el
baremo de méritos recogido en las mismas.
6.

Procedimiento de selección

La valoración de méritos de las personas aspirantes constará de las fases siguientes:
6.1 Las personas aspirantes serán convocadas por la Comisión de Valoración para
efectuar la defensa pública del proyecto de gestión cuya memoria hayan presentado
junto con la solicitud de participación en el proceso. Esta convocatoria deberá efectuarse
con una antelación mínima de diez días y deberá indicar la fecha, lugar y la hora de
intervención de las personas aspirantes y publicarse un anuncio de la misma en la
página web de Osakidetza.
Con carácter general, previamente a la defensa pública de los diferentes proyectos
de gestión presentados, los miembros de la Comisión de Valoración revisarán posibles
causas de abstención o de recusación que puedan afectar a los miembros de la misma,
las cuales serán notificadas al órgano convocante.
Posteriormente se procederá a efectuar el llamamiento individual de cada una de las
personas aspirantes para que efectúen la exposición y defensa de su proyecto, seguida
de una entrevista mediante la cual los miembros de la Comisión preguntarán sobre los
aspectos contenidos en aquéllos a fin de obtener una mayor aclaración y profundización
de los mismos. Tanto la exposición y defensa como la entrevista serán públicas.
Finalizada la exposición pública, la Comisión de Valoración procederá a puntuar a
cada persona, de conformidad con lo previsto en las bases de la convocatoria.
6.2 Valoración de méritos.–La Comisión de Valoración realizará la valoración y
puntuación de los méritos de cada una de las personas aspirantes, de conformidad con

cve: BOE-A-2020-6998
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 181