I. Disposiciones generales. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo Nacional de Policía. (BOE-A-2020-6925)
Real Decreto 613/2020, de 30 de junio, por el que se establecen las distinciones de funcionaria o funcionario honorario y miembro honorario de la Policía Nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181

Miércoles 1 de julio de 2020

Sec. I. Pág. 45628

2. A las personas ajenas a la Policía Nacional que a la entrada en vigor de este real
decreto tenga reconocida la condición de honorario u honoraria conforme a la normativa
anterior, les será sustituido el carné de identificación acreditativo de tal condición con la
entrega de un nuevo carné, confeccionado conforme a las prescripciones de este real
decreto.
Disposición derogatoria única.

Derogación normativa.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo
establecido en este real decreto.
Disposición final primera.

Título competencial.

Este real decreto se dicta en virtud de la competencia exclusiva que, en materia de
seguridad pública, tiene atribuida el Estado con arreglo al artículo 149.1.29.ª de la
Constitución Española.
Disposición final segunda.

Facultades de desarrollo.

Se faculta a la persona titular del Ministerio del Interior para dictar cuantas disposiciones
estime necesarias para la ejecución y desarrollo de este real decreto, quien lo será
igualmente para la modificación del contenido del anexo.
Disposición final tercera.

Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 30 de junio de 2020.
FELIPE R.
El Ministro del Interior,

cve: BOE-A-2020-6925
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FERNANDO GRANDE-MARLASKA GÓMEZ