I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Subvenciones. (BOE-A-2020-6924)
Real Decreto 566/2020, de 16 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en materia de cooperación y promoción cultural por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181

Miércoles 1 de julio de 2020

Artículo 16.

Sec. I. Pág. 45623

Régimen jurídico aplicable.

Estas subvenciones se regirán, además de por lo particularmente dispuesto en este
real decreto, por lo previsto en la Ley General de Subvenciones y en su Reglamento de
desarrollo, aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, salvo en lo que
afecte a los principios de publicidad y concurrencia, y por lo previsto en la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas; por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y
por lo previsto en las demás disposiciones legales, reglamentarias y convencionales que
resulten de aplicación.
Disposición final primera.

Título competencial.

Este real decreto se dicta al amparo de la competencia exclusiva del Estado en
materia de relaciones internacionales, reconocida en el artículo 149.1.3.ª de la
Constitución.
Disposición final segunda.

Habilitación normativa.

Se faculta a la Ministra de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación para
dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y ejecución del presente
real decreto.
Disposición final tercera.

Entrada en vigor.

Este real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 16 de junio de 2020.
FELIPE R.
La Ministra de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación,

cve: BOE-A-2020-6924
Verificable en https://www.boe.es

MARÍA ARÁNZAZU GONZÁLEZ LAYA

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X