I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Subvenciones. (BOE-A-2020-6924)
Real Decreto 566/2020, de 16 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en materia de cooperación y promoción cultural por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 1 de julio de 2020

Sec. I. Pág. 45617

herramienta de intercambio mutuo entre países. Desde esta perspectiva, se entiende
que la cultura y la educación contribuyen a la mejora de la gobernanza, estimulan la
participación ciudadana y crean ciudadanía. Al mismo tiempo se consolida una imagen
de España como un país moderno, solidario, con una rica cultura que mostrar.
De las consideraciones anteriores se desprende el interés público, institucional y
social que se encuentra en la base de la concesión de las subvenciones de este real
decreto.
La necesidad de mantener la financiación de la AECID a las actividades de las dos
entidades beneficiarias hace necesario acudir al mecanismo que la Ley General de
Subvenciones contempla en su artículo 22.2.c). Este precepto, así como el artículo 67 de
su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
establecen que podrán concederse de forma directa y con carácter excepcional, aquellas
otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o
humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.
Igualmente, y de conformidad con lo previsto en el artículo 28.2 de la citada ley, las
normas especiales reguladoras de las subvenciones previstas en el artículo 22.2.c)
deberán ser aprobadas por real decreto, a propuesta del ministro competente y previo
informe del Ministerio de Hacienda.
Este real decreto se atiene a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad,
seguridad jurídica, transparencia y eficiencia prescritos en el artículo 129.1 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
La presente norma se adecúa a los principios de necesidad y eficacia, en tanto que
mediante la concesión de las subvenciones directas se garantiza el objetivo de promover
la cooperación y promoción cultural financiadas a través de fondos públicos, siendo el
único medio a disposición a tal fin. De otro lado la norma responde al principio de
proporcionalidad, conteniendo la regulación imprescindible para garantizar el objetivo
señalado. El proyecto regula el contenido mínimo establecido en el artículo 28.3 de la
Ley General de Subvenciones, así como otros extremos propios de las bases
reguladoras de acuerdo con el artículo 17 de la misma ley. Por último, la norma se
adecúa al principio de seguridad jurídica, puesto que resulta coherente con el resto del
ordenamiento jurídico, y a los principios de transparencia y eficiencia, al contribuir a la
gestión racional de los recursos públicos existentes y no suponer cargas administrativas
accesorias.
En la tramitación de este real decreto se ha recabado informe del Ministerio de
Hacienda, de conformidad con el artículo 28.2 de la Ley General de Subvenciones.
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.3.ª de la
Constitución Española, que atribuye la competencia exclusiva al Estado en materia de
relaciones internacionales.
De conformidad con lo establecido en el artículo 13.2.a) y b) del Real
Decreto 1271/2018, de 11 de octubre, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, y por el que
se modifica el Real Decreto 595/2018, de 22 de junio, por el que se establece la
estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, corresponde a la
Secretaría de Estado de Cooperación Internacional, la propuesta, dirección, coordinación
y ejecución de la política de cooperación para el desarrollo y la administración de los
recursos de cooperación gestionados por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión
Europea y Cooperación.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Asuntos Exteriores, Unión Europea y
Cooperación, previo informe de la Ministra de Hacienda, y previa deliberación del
Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de junio de 2020,

cve: BOE-A-2020-6924
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 181