V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. (BOE-B-2020-19613)
Resolución EMC/ /2020, de 23 de junio, de la Generalitat de Cataluña, Departamento de Empresa y Conocimiento, Dirección General de Energía, Seguridad Industrial y Seguridad Minera por la que se otorga a la empresa Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima Unipersonal, la autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración de utilidad pública de la ampliación de la subestación Trinitat 220 kV con una nueva posición By-Pass operable Besos Nuevo - Gramanet, en el término municipal de Barcelona (expediente 2016/34824).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180

Martes 30 de junio de 2020

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curso y su finalización. Junto con la comunicación de la finalización de las obras se
adjuntará el certificado de dirección y finalización de instalación que acredite que
se ajustan al proyecto aprobado y que se ha dado cumplimiento a las normas y
disposiciones antes mencionadas y, en su caso, se adjuntarán las actas de las
pruebas realizadas.
6.- Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros y es independiente de
las autorizaciones o licencias de competencia de otros organismos o entidades
públicas necesarias para llevar a cabo las obras y las instalaciones aprobadas.
7.- El peticionario será el responsable del uso, la conservación y el
mantenimiento de la instalación, de acuerdo con las condiciones de seguridad que
requiere la normativa vigente; asimismo el peticionario tomará, durante la ejecución
de los trabajos, todas las medidas de seguridad y prevención necesarias para
evitar cualquier perjuicio, tanto a los operarios que ejecuten los trabajos como a
terceras personas.
8.- La Administración dejará sin efecto esta autorización administrativa por las
causas que establece el artículo 34 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, y en el
supuesto de incumplimiento, por parte del titular de la instalación, de las
condiciones impuestas. En este supuesto, la Administración, previa instrucción del
expediente oportuno, acordará la anulación de la autorización, con todas las
consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las
disposiciones legales vigentes.
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer
recurso de alzada, ante la Consejera del Departamento de Empresa y
Conocimiento, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su
publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Barcelona, 23 de junio de 2020.- Por vacante del Director General de Energía,
Seguridad Industrial y Seguridad Minera. Secretario de Empresa y Competitividad
Resolución de suplencia de 6 de mayo de 2020, Joaquim Ferrer Tamayo.

cve: BOE-B-2020-19613
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X