I. Disposiciones generales. MINISTERIO DEL INTERIOR. Fronteras. (BOE-A-2020-6902)
Orden INT/578/2020, de 29 de junio, por la que se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180
Martes 30 de junio de 2020
Sec. I. Pág. 45474
Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros
en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009, aprobado
por el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril.
Disposición final única.
Efectos.
Esta orden surtirá efectos desde las 00:00 horas del 1 de julio hasta las 24:00 horas
del 8 de julio de 2020, sin perjuicio de su modificación para responder a nuevas
recomendaciones en el ámbito la Unión Europea.
cve: BOE-A-2020-6902
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 29 de junio de 2020.–El Ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska
Gómez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 180
Martes 30 de junio de 2020
Sec. I. Pág. 45474
Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros
en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009, aprobado
por el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril.
Disposición final única.
Efectos.
Esta orden surtirá efectos desde las 00:00 horas del 1 de julio hasta las 24:00 horas
del 8 de julio de 2020, sin perjuicio de su modificación para responder a nuevas
recomendaciones en el ámbito la Unión Europea.
cve: BOE-A-2020-6902
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 29 de junio de 2020.–El Ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska
Gómez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X