III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2020-6883)
Resolución de 19 de junio de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se corrigen errores en la de 4 de junio de 2020, por la que se registra y publica el Acuerdo adaptado del Grupo Endesa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 179
Lunes 29 de junio de 2020
Sec. III. Pág. 45398
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
6883
Resolución de 19 de junio de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la
que se corrigen errores en la de 4 de junio de 2020, por la que se registra y
publica el Acuerdo adaptado del Grupo Endesa.
Advertidos errores en el acuerdo adaptado del Grupo Endesa, registrado y publicado
por Resolución de la Dirección General de Trabajo de 4 de junio de 2020 en el BOE
número 169, de 17 de junio.
Esta Dirección General resuelve proceder a la rectificación de los citados errores.
Se han de publicar los siguientes anexos:
Anexo 2 (Pacto de suspensión de la relación laboral).
Anexo 3 (Baja voluntaria incentivada).
Anexo 4 (Pacto de extinción de la relación laboral con acceso directo a la prestación
de jubilación anticipada).
Madrid, 19 de junio de 2020.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez
Barbero.
ANEXO 2
Pacto de suspensión de la relación laboral
En ____________________, a __ de _________________ de 20___
REUNIDOS
De una parte, don ___________________________________________________,
mayor de edad, con N.I.F. número _____________________, y domicilio a estos efectos
en ______________________________________________, actuando en nombre y
representación de ______________________________ (la Empresa en lo sucesivo) en
su condición de _____________________________________.
Y, de otra, don ___________________________________________________,
mayor de edad, con N.I.F. número _____________________, perteneciente al centro de
trabajo de ________________________________________ y domicilio a estos efectos
en _________________________________________________ actuando en su propio
nombre y derecho y en su condición de empleado de la Empresa cuyo contrato de
trabajo queda suspendido (el Trabajador, en lo sucesivo).
MANIFIESTAN
I. Que la Empresa ha ofrecido al Trabajador la suspensión por mutuo acuerdo de la
relación laboral que les vincula en los términos y condiciones que se establecen en el
presente Pacto.
II. Que el Trabajador, libre y voluntariamente, acepta la precitada oferta de
suspensión de la relación laboral en los términos y condiciones que se contienen en el
presente Pacto.
cve: BOE-A-2020-6883
Verificable en https://www.boe.es
Ambas partes se reconocen mutua y recíprocamente la capacidad legal necesaria
para celebrar el presente Pacto de Suspensión de la Relación laboral (en adelante, el
Pacto), y a tal efecto, conjuntamente
Núm. 179
Lunes 29 de junio de 2020
Sec. III. Pág. 45398
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
6883
Resolución de 19 de junio de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la
que se corrigen errores en la de 4 de junio de 2020, por la que se registra y
publica el Acuerdo adaptado del Grupo Endesa.
Advertidos errores en el acuerdo adaptado del Grupo Endesa, registrado y publicado
por Resolución de la Dirección General de Trabajo de 4 de junio de 2020 en el BOE
número 169, de 17 de junio.
Esta Dirección General resuelve proceder a la rectificación de los citados errores.
Se han de publicar los siguientes anexos:
Anexo 2 (Pacto de suspensión de la relación laboral).
Anexo 3 (Baja voluntaria incentivada).
Anexo 4 (Pacto de extinción de la relación laboral con acceso directo a la prestación
de jubilación anticipada).
Madrid, 19 de junio de 2020.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez
Barbero.
ANEXO 2
Pacto de suspensión de la relación laboral
En ____________________, a __ de _________________ de 20___
REUNIDOS
De una parte, don ___________________________________________________,
mayor de edad, con N.I.F. número _____________________, y domicilio a estos efectos
en ______________________________________________, actuando en nombre y
representación de ______________________________ (la Empresa en lo sucesivo) en
su condición de _____________________________________.
Y, de otra, don ___________________________________________________,
mayor de edad, con N.I.F. número _____________________, perteneciente al centro de
trabajo de ________________________________________ y domicilio a estos efectos
en _________________________________________________ actuando en su propio
nombre y derecho y en su condición de empleado de la Empresa cuyo contrato de
trabajo queda suspendido (el Trabajador, en lo sucesivo).
MANIFIESTAN
I. Que la Empresa ha ofrecido al Trabajador la suspensión por mutuo acuerdo de la
relación laboral que les vincula en los términos y condiciones que se establecen en el
presente Pacto.
II. Que el Trabajador, libre y voluntariamente, acepta la precitada oferta de
suspensión de la relación laboral en los términos y condiciones que se contienen en el
presente Pacto.
cve: BOE-A-2020-6883
Verificable en https://www.boe.es
Ambas partes se reconocen mutua y recíprocamente la capacidad legal necesaria
para celebrar el presente Pacto de Suspensión de la Relación laboral (en adelante, el
Pacto), y a tal efecto, conjuntamente