III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2020-6884)
Resolución de 18 de junio de 2020, de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, por la que se publica el Convenio de encomienda de gestión al Instituto Canario de Investigaciones Agrarias para la realización de los trabajos relacionados con los exámenes técnicos de identificación varietal de platanera y piña tropical necesarios para el registro de variedades vegetales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 179

Lunes 29 de junio de 2020

Sec. III. Pág. 45417

El presente Convenio de encomienda de gestión podrá ser modificado de mutuo
acuerdo entre las partes, mediante suscripción del oportuno acuerdo de modificación,
que deberá ser suscrito con anterioridad a la expiración del plazo de duración del mismo.
Asimismo, el presente Convenio se extinguirá por el incumplimiento de las
actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución. Son causas
de resolución:
a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la
prórroga del mismo.
b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de
alguno de los firmantes.
d) Por imposibilidad acreditada o sobrevenida del cumplimiento de los compromisos
adquiridos por motivos ajenos a la voluntad de las partes.
e) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
La denuncia o resolución, si procede, del Convenio no eximirá a las partes del
cumplimiento de los compromisos adquiridos hasta la fecha de efectos de la denuncia o
resolución. En el caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos
establecidos, que hagan inviable el objeto del convenio, la Comisión de Seguimiento y
Control, antes de resolver el convenio, determinará la responsabilidad de cada una de
las partes.
Octava. Jurisdicción.
La resolución de las diferencias de interpretación y cumplimiento que pudieran surgir
en su ejecución corresponderá a la Comisión de Seguimiento y Control. En defecto de
acuerdo serán resueltas conforme a lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Y para que así conste y en prueba de conformidad con lo expuesto, ambas partes
firman el presente Convenio de encomienda de gestión, en fecha de firma electrónica.–
La Directora General de Producciones y Mercados Agrarios, Esperanza de Orellana
Moraleda.–El Presidente del Instituto Canario de Investigaciones Agrarias, Juan
Francisco Padrón Rodríguez.
ANEXO 1
Presupuesto
El Presupuesto de ejecución de estos trabajos, que comenzarán tras la entrada en
vigor del presente Convenio, ascienden por las dos anualidades a un total de noventa y
ocho mil novecientos cincuenta euros (98.950,00 €), con cargo a la aplicación
presupuestaria 21.05.412C.640.08, de los Presupuestos Generales del Estado, de
acuerdo con la distribución siguiente:
Total anual (€)

2020

49.475,00

2021

49.475,00

Total Convenio

98.950,00

cve: BOE-A-2020-6884
Verificable en https://www.boe.es

Anualidad