III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO. Impacto ambiental. (BOE-A-2011-10589)
Resolución de 7 de junio de 2011, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto Conexión de la autopista AP-9 del Atlántico con la autovía A-54, Santiago-Lugo, término municipal de Santiago de Compostela, A Coruña.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144
Viernes 17 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 62884
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL
Y MARINO
10589
Resolución de 7 de junio de 2011, de la Secretaría de Estado de Cambio
Climático, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto Conexión de
la autopista AP-9 del Atlántico con la autovía A-54, Santiago-Lugo, término
municipal de Santiago de Compostela, A Coruña.
El texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado
por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, prevé que los proyectos públicos o
privados consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra
actividad comprendida en el anexo II, así como cualquier proyecto no incluido en su anexo I
que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Natura 2000, deben ser
evaluados por el órgano ambiental a los efectos de determinar con claridad las posibles
afecciones y medidas correctoras aplicables al mismo, o, en su caso, el sometimiento al
procedimiento de evaluación de impacto ambiental regulado en la sección 1.ª del capítulo II
de dicha Ley.
El proyecto Conexión de la autopista AP-9 del Atlántico con la autovía A-54, SantiagoLugo, se encuentra encuadrado en el apartado k, del grupo 9, del referido anexo II.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
Relación de consultados
Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio
Ambiente, y Medio Rural y Marino.
Respuestas
recibidas
X
cve: BOE-A-2011-10589
1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo.–Este
proyecto se considera una actuación complementaria al proyecto de construcción de
ampliación de capacidad de la AP-9, tramo Santiago Norte – Santiago Sur, que fue resuelto
sobre su evaluación ambiental por la Secretaria de Estado de Cambio Climático con fecha 1
de junio de 2009.
Las actuaciones sobre la AP-9 afectan a un tramo de la misma de 5.100 m. de longitud
y además se proyecta un vial de conexión de 966,892 m.
Esta nueva conexión, consiste en la construcción de un nuevo enlace en la AP-9 a la
altura del PK 64+500 (tipo glorieta elevada) que lograría descongestionar el actual enlace
de Santiago Norte de la AP-9 y mejorar el acceso al aeropuerto internacional de
Labacolla.
El proyecto se localiza en el Concello de Santiago de Compostela, en el sector Noreste
del municipio entre las parroquias de Enfesta, Bando, San Lázaro y Aríns.
El promotor y órgano sustantivo es la Dirección General de Carreteras.
2. Tramitación y consultas.–La tramitación se inició con fecha 24 de noviembre de
2010, momento en que tiene entrada en la Dirección General de Calidad y Evaluación
Ambiental el documento ambiental del proyecto procedente de la Dirección General de
Carreteras del Ministerio de Fomento.
Con fecha 19 de enero de 2011, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental
estableció un periodo de consultas a personas, instituciones y administraciones
previsiblemente afectadas, sobre las implicaciones ambientales del proyecto. En la tabla
adjunta se recogen los organismos que fueron consultados, señalando con una «X»
aquellos que emitieron informe:
Núm. 144
Viernes 17 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 62884
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL
Y MARINO
10589
Resolución de 7 de junio de 2011, de la Secretaría de Estado de Cambio
Climático, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto Conexión de
la autopista AP-9 del Atlántico con la autovía A-54, Santiago-Lugo, término
municipal de Santiago de Compostela, A Coruña.
El texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado
por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, prevé que los proyectos públicos o
privados consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra
actividad comprendida en el anexo II, así como cualquier proyecto no incluido en su anexo I
que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Natura 2000, deben ser
evaluados por el órgano ambiental a los efectos de determinar con claridad las posibles
afecciones y medidas correctoras aplicables al mismo, o, en su caso, el sometimiento al
procedimiento de evaluación de impacto ambiental regulado en la sección 1.ª del capítulo II
de dicha Ley.
El proyecto Conexión de la autopista AP-9 del Atlántico con la autovía A-54, SantiagoLugo, se encuentra encuadrado en el apartado k, del grupo 9, del referido anexo II.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
Relación de consultados
Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio
Ambiente, y Medio Rural y Marino.
Respuestas
recibidas
X
cve: BOE-A-2011-10589
1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo.–Este
proyecto se considera una actuación complementaria al proyecto de construcción de
ampliación de capacidad de la AP-9, tramo Santiago Norte – Santiago Sur, que fue resuelto
sobre su evaluación ambiental por la Secretaria de Estado de Cambio Climático con fecha 1
de junio de 2009.
Las actuaciones sobre la AP-9 afectan a un tramo de la misma de 5.100 m. de longitud
y además se proyecta un vial de conexión de 966,892 m.
Esta nueva conexión, consiste en la construcción de un nuevo enlace en la AP-9 a la
altura del PK 64+500 (tipo glorieta elevada) que lograría descongestionar el actual enlace
de Santiago Norte de la AP-9 y mejorar el acceso al aeropuerto internacional de
Labacolla.
El proyecto se localiza en el Concello de Santiago de Compostela, en el sector Noreste
del municipio entre las parroquias de Enfesta, Bando, San Lázaro y Aríns.
El promotor y órgano sustantivo es la Dirección General de Carreteras.
2. Tramitación y consultas.–La tramitación se inició con fecha 24 de noviembre de
2010, momento en que tiene entrada en la Dirección General de Calidad y Evaluación
Ambiental el documento ambiental del proyecto procedente de la Dirección General de
Carreteras del Ministerio de Fomento.
Con fecha 19 de enero de 2011, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental
estableció un periodo de consultas a personas, instituciones y administraciones
previsiblemente afectadas, sobre las implicaciones ambientales del proyecto. En la tabla
adjunta se recogen los organismos que fueron consultados, señalando con una «X»
aquellos que emitieron informe: